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Dykinson

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  • El futuro de la comunicación y del periodismo está en la Red, sea cual sea la tecnología que vaya adoptando esa Red. Se presenta diversas aproximaciones que tratan cuestiones que van desde las bases de nuestra sociedad digital o el papel de lo digital en la historia global del periodismo, pasando por las nuevas capacidades y habilidades que necesita el profesional de la información a la hora de enfrentarse a este dominio tan cambiante. Sin desdeñar la relevancia de aspectos como las formas de organización, tratamiento, visualización y diseño en los medios digitales; las implicaciones del hipertexto, y los géneros en los nuevos medios; el uso de las fuentes de información; los modos y formatos del nuevo periodismo; la radio y la televisión en Internet, así como con otras cuestiones básicas y que, en ocasiones, no son tratadas en los textos al uso como son la audiencia y la propiedad intelectual en el contexto electrónico.
  • Aunque el nacimiento de la palabra se produce a principios del siglo XVI, la literatura utópica no nace con Tomás Moro sino que mucho antes ya podemos encontrar obras en las que se describen o se sueñan tierras fantásticas, lugares maravillosos en los que las personas que los habitan se gobiernan bajo principios, normas, instituciones y valores completamente diferentes. No obstante, si nos atenemos a la producción cuantitativa de utopías, un momento álgido de la literatura utópica se produce entre 1516 y 1789 pues en entre esos años cuando se publican no sólo las principales piezas de literatura utópica sino también un mayor número.
  • Este libro es la publicación de los apuntes de clase que han servido para el estudio de las cuestiones en Antropología general y la base de reflexiones sobre el amor humano que forman parte de la exposición del sentido del matrimonio y de la familia. En principio, forma parte de un proyecto más amplio que este volumen, encaminado a exponer una clarificación intelectual de la Forma política, cuyo primer peldaño es el antropológico. El libro contiene una serie de textos que sirven para complementar la explicación y que hábilmente son usados en clase para ilustrar el principio o la cuestión que se trata en cada momento.
  • Este estudio pretende, analizar en profundidad el Tribunal de Cuentas con dos son los objetivos primordiales: ofrecer al lector un conocimiento actualizado sobre el Tribunal en cuanto a marco jurídico e interpretación doctrinal; y elaborar un análisis empírico de la actuación del Tribunal que permita apoyar las hipótesis avanzadas. Se ha articulado en dos partes. El Capítulo Primero, aun teniendo vocación introductoria en cuanto a la configuración legal del Tribunal de Cuentas Europeo, no se limita a enunciar generalidades de la institución como su organización interna, el desarrollo práctico de la función de control financiero interno o los documentos adoptados como consecuencia de éste y su publicidad; sino que pretende establecer las particularidades inherentes al modelo de tribunal de cuentas adoptado. Se descubrirá así una institución cuya competencia de control resulta en ocasiones exorbitante en cuanto a su amplitud, con especial mención de sus limitaciones competenciales tales como las escasas exclusiones a la competencia de control, la ausencia de potestad sancionadora sobre los resultados del control y el carácter no vinculante de su competencia consultiva. A partir de este punto de partida, el Capítulo Segundo pretende ilustrar el proceso seguido por el Tribunal de Cuentas Europeo para superar las limitaciones antes analizadas y así reforzar su autoridad entre las demás instituciones. La colaboración institucional se erige en pilar principal de este proceso, y se manifestará en las distintas experiencias de relación del Tribunal de Cuentas con otras instituciones. Para comprobarlo resulta necesario acudir al análisis empírico de dichas relaciones interinstitucionales, cuyo marco natural viene dado por el procedimiento de aprobación de la gestión presupuestaria a nivel comunitario.
  • .. La persona, como eje a través del cual gira las relaciones de Derecho Privado, ha de ser tratada, en cuanto a su capacidad-incapacidad, atendiendo a su grado de discernimiento y voluntad, además de su entorno que, en las situaciones transitorias, se coloca como un posible factor fundamental de influencia sobre el individuo. De esta forma, con anterioridad, hemos de comenzar por el estudio de la incapacidad legal o aquella que se determina por el propio Ordenamiento Jurídico, para continuar con la capacidad natural y la incapacidad natural transitoria o trastorno mental transitorio que el es verdadero objetivo de esta investigación...
  • La presencia de criterios materiales de validez en el sistema jurídico y el significado de esta presencia son cuestiones esencialmente controvertidas en el ámbito de la Teoría del Derecho. A partir de la concepción sistemática de lo jurídico planteada por Kelsen es común definir el Derecho como un sistema de tipo dinámico y afirmar que tal carácter dinámico implica que la validez de las normas jurídicas esta en función de criterios exclusivamente formales. Frente a esta visión el presente libro pretende demostrar que los contenidos materiales de las normas necesariamente adquieren relevancia en la determinación y en la justificación de la validez jurídica, examinado la compatibilidad de esta importancia, y de sus implicaciones, con la tesis de la separación conceptual entre el Derecho y la moral, como rasgo central del positivismo jurídico. La concepción del orden jurídico como un sistema normativo mixto en el que el ejercicio valido del poder esta sometido al cumplimiento de exigencias relacionales tanto formales, o dinámicas, como materiales, o estáticas, contribuye la mejor explicación del modo en el que se contempla y opera socialmente el Derecho. Esta obra tiene su origen en la investigación del mismo título que obtuvo en noviembre de 2007 el Premio Internazionale Norerto Bobbio de la Fundación Rosselli a la mejor Tesis de Doctorado de 2006 en el ámbito de las Ciencias jurídicas.
  • El objetivo central de este trabajo de investigación es identificar los factores que afectan a la calidad del trabajo de los periodistas ante la creciente interactividad digital, así como valorar en qué medida influyen en la legitimación de estos profesionales como responsables de garantizar la accesibilidad, veracidad y credibilidad de la información. Podemos descomponer este planteamiento en cuatro objetivos específicos: Valorar las influencias directas e indirectas que tiene las nuevas TIC en el entorno periodístico profesional Calibrar el valor potencial de Internet como plataforma para desarrollar un trabajo periodístico mas colaborativo, profundo y profesional. Conocer cómo perciben y valoran los periodistas sus procesos y rutinas de trabajo, así como los resultados de los mismos, desde que Internet y las nuevas TIC tiene una presencia notaria en las redacciones Identificar los factores más decisivos para la aproximación al perfil del periodista que mejor encaja en un escenario de comunicación interactiva.
  • De forma gradual, se están sentando las bases legales para que ahora todos los actos procesales y las resoluciones judiciales que conforman el proceso puedan realizarse electrónicamente, o transformarse en documentos judiciales electrónicos, cualquiera que sea la forma o el soporte en el que originalmente se han tramitado. En el camino hacia la informatización del proceso civil, el reto ya no se cifra en posibilitar el empleo de la informática como un simple instrumento de trabajo para la elaboración material de actos procesales legalmente pre-vistos en la forma tradicional. Ahora se trata, más bien, de trasformar sustancialmente la organización y el funcionamiento de la Oficina Judicial, con la generalización de las comunicaciones electrónicos, y, al mismo tiempo, establecer sistemas eficaces de conservación y digitalización de la información judicial, como medio de crear vehículos seguros de transmisión y recepción de información por y entre los órganos jurisdiccionales.
  • El libro del profesor Perlingieri que ahora presenta, en la versión traducida de su tercera edición en lengua italiana, supone la consolidación de una reflexión evolutiva que ha ido cimentando firmemente –casi siempre a través de estudios específicos cuyas conclusiones se incorporan sintéticamente en numerosos pasajes de la exposición- la posición científica fielmente mantenida por su autor sobre los aspectos más básicos de la normativa civil y, a través suyo y a la luz de la trascendencia que alcanzan sobre la misma los principios constitucionales, del entero ordenamiento jurídico. Toda la construcción reflexiva que constituye la obra se asienta en la idea de la naturaleza normativa de la Constitución, en el reconocimiento necesario del valor preceptivo de los principios y de las reglas constitucionales y en la superación del prejuicio. Con frecuencia persistente, de la naturaleza exclusivamente programática de la norma constitucional y del entendimiento de que tal normativa tiene como único y exclusivo destinatario el legislador ordinario.
  • Se cruzan aquí, en el papel, y se han cruzado cara a cara en el seminario que dio origen al texto, ideas y prácticas que provienen de la participación ciudadana, de la gestión de conflictos, las ciencias políticas y la sociología. Confluyen todas en una misma preocupación: ¿cómo intervenir para catalizar la participación horizontal y democrática de los actores en sus propios asuntos?; ¿Cómo evitar que esa intervención se convierta en un instrumento de intereses particulares, a veces de una de las partes, a veces de que de una forma más o menos evidente-y más o menos transitoria-ocupa el lugar del poder en una relación social? Todo el volumen comparte una convicción: la de que las prácticas sociales son y han de ser formadas de teoría, y de que estas teorías viven, se refuerzan y se refunden en las prácticas.
  • El presente libro pretende ser un complemento a la anterior obra titulada “Introducción al derecho proceso penal (especialmente dirigido a Criminólogos y Policía Judicial)”, en la que se estudian los conceptos básicos de esta materia. Con ese mismo objetivo se pública el presente trabajo basado en la práctica procedimental desde el punto de vista de la de las actuaciones que debe llevar a cabo la Policía Judicial. Su contenido se divide en lecciones para su mejor estudio, empezando con un estudio de la naturaleza, composición y funciones de la Policía Judicial en España y de su principal herramienta, el atestado, sin olvidar otras formas de iniciación del procedimiento penal como son, entre otras, la denuncia y la querella. Igualmente, se aborda el estudio de temas tan importantes como son la protección de las víctimas, testigos o peritos, medios de investigación y prueba, entre los que se pueden destacar: La intervención telefónica, la entrada y registro, la inspección ocular, el agente encubierto y la entrega vigilada; además se realiza un análisis de la violencia doméstica y la de género, la detención y, por último, unas nociones básicas de “Derecho Procesal Militar”, debido a que algunos de los componentes de la Policía Judicial tienen disciplina militar, como es el caso del Cuerpo de la Guardia Civil. En resumen, esta obra intenta ser una herramienta de consulta, principalmente, para los miembros de la Policía Judicial en su actuación en y para el proceso penal, de tal forma que resulte de utilidad en aras de conseguir diligencias policiales de calidad.
  • El Derecho penal de menores o Derecho penal juvenil, es una disciplina que ha alcanzado un gran desarrollo en los últimos años, pasando de ser considerado un Derecho penal en miniatura, hasta ser catalogado como un Derecho penal especial con un grado de autonomía e independencia cada vez mayor. Ello se debe en gran parte a la preocupación que muestra la sociedad española ante el fenómeno, parece ser que emergente, de la delincuencia juvenil y sus nuevas manifestaciones (bandas juveniles, bullying o acoso escolar, delincuencia callejera, etc.), lo que ha llevado al legislador a mostrar mayor interés por este fenómeno delictivo, y por articular una respuesta penal acorde con un tipo de delincuentes a los que no se les puede exigir el mismo grado de responsabilidad penal que a los adultos. La principal pretensión de este trabajo consiste en desarrollar de manera sistemática y con un lenguaje claro y preciso, el sistema penal de justicia juvenil en España y su desarrollo normativo mediante la LO 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, sus principales reformas y el Reglamento de 30 de julio de 2004. Para favorecer la consecución de este objetivo, los autores (profesores de Derecho Penal, Procesal y Criminología de la UNED) no se han limitado a comentar, con mayor o menor profundidad, el articulado de la LORRPM, donde acometen un análisis exhaustivo de la justicia penal y del proceso penal de menores, sino que además, por una parte, han expuesto a lo largo de dos capítulos una serie de consideraciones criminológicas sobre la delincuencia juvenil para que el lector conozca con un mayor rigor, las principales particularidades que rodean a este complejo fenómeno. Por otra parte, para que el lector no iniciado comprenda mejor el ámbito jurídico penal en el que se desenvuelve el Derecho penal juvenil, se describen en un capítulo de forma somera los elementos del delito que en una relación lógica necesaria, conforman la base del análisis de la estructura del delito, prestando una especial atención a la imputabilidad como presupuesto de la culpabilidad.
  • ...un libro capaz de ofrecer una visión completa, rigurosa, pero general, de las libertades informativas en el entorno de habla hispana; un libro para una comunidad cultural llena de peculiaridades nacionales que nos separan, pero que especialmente comparte lengua, cultura, costumbres y, en la mayoría de los casos, juventud democrática...
  • El presente libro se ha realizado con la intención de ofrecer un análisis lo más exhaustivo e independiente posible, sobre la nueva problemática surgida en la actual “sociedad de la información”, y en especial en el uso de Internet, en relación a los delitos contra la Propiedad Intelectual. De este modo se exponen y analizan cada una de las corrientes y doctrinas existentes, a fin de ofrecer todo el espectro de posibilidades que se plantean en el ámbito de los delitos contra la Propiedad Intelectual, intentando determinar la mejor resolución para cada uno de los problemas que surgen en el tema tratado. Además, uno de los principales propósitos de este libro ha sido el de analizar si el Derecho Penal español, en su regulación de los delitos relativos a la Propiedad Intelectual, cumple eficazmente su voluntad de proteger los intereses patrimoniales de los autores, los editores o los productores, frente a los nuevos comportamientos ilícitos y dañosos de los derechos de Propiedad Intelectual surgidos a la luz de la “sociedad de la información”, lo cual se ha debido en gran medida a la nueva revolución que ha supuesto Internet, al multiplicarse las posibles formas de infracción de los derechos de Propiedad Intelectual.
  • El Preámbulo del Convenio General del Sector de la Construcción, vigente desde el año 2007 hasta el 2011, establece que uno de los instrumentos básicos para combatir la siniestralidad en el sector y mejorar las condiciones de seguridad y salud consiste en proporcionar a “todos los trabajadores que prestan servicios en las obras…la formación necesaria y adecuada a su puesto de trabajo o función en materia de prevención de riesgos laborales”. En cumplimiento de este propósito, el Convenio establece un plan formativo en materia de prevención de riesgos laborales que resulta de obligada aplicación a todas las empresas acogidas a este sector de actividad. Este plan formativo, en concordancia con lo determinado por la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, se constituye como uno de los instrumentos fundamentales para reducir la siniestralidad en este ámbito de actividad económica. El presente manual se ajusta a los contenidos establecidos por el artículo 140 del Convenio General del Sector de la Construcción para el personal directivo de empresa. Dichos contenidos formativos enlazan con los recogidos en el artículo 12 del Real Decreto 1109/2007, que desarrolla la Ley de la subcontratación en el sector de la construcción, los cuales son exigibles para poder acreditar a toda empresa contratista o subcontratista y que pueda inscribirse en el Registro de Empresas Acreditadas. En último término, los contenidos recogidos en este manual tratan de facilitar al personal directivo su labor de integrar la prevención de riesgos laborales en el conjunto de sus actividades y decisiones.
  • El segundo número de la colección Nuevos discursos, se dedica nuevamente a reflejar los trabajos de unas jornadas sobre neologismos (las terceras), que se celebraron en la Universidad Rey Juan Carlos. En esa ocasión, la obra trata el apasionante tema de la creación neológica en nuestra lengua, relacionada con la Sociedad de la Imaginación.
  • El término biomedicina alude en la actualidad a un conjunto de conocimientos y aplicaciones prácticas para el ciudadano de la salud. La regulación jurídica de la sanidad (en el sentido más amplio) ha tenido desde siempre una gran relevancia por las múltiples implicaciones de esta actividad en la vida de las personas y, por ende, en la propia sociedad. Gran parte sino todos los aspectos que se ubican dentro del concepto de Biomedicina están regulados por las normas de diferente naturaleza y alcance tanto en las legislaciones nacionales como en la legislación de la Unión Europea que han cobrado progresiva relevancia en las sociedades actuales. Desde hace algunos años, además, los resultados de la investigación biomédica y biotecnológica han acrecentado la necesidad de revisar la legislación o de dotar de nueva regulación a situaciones antes desconocidas. Conocer estas normas y su aplicación básica resulta hoy esencial para todo aquel que desenvuelva su actividad profesional o académica en este vasto campo así como para los propios ciudadanos que pueden verse afectados por estas prácticas sanitarias.
  • La verdadera eficacia del Derecho Penal no se agota en la restauración de la vigencia de la norma desobedecida y quebrantada por el delito mediante la retribución que el castigo punitivo representa, ni en la restauración, reparación del daño o la indemnización de los perjuicios materiales y morales ocasionadas al sujeto pasivo víctima y perjudicados-artículo 110 CP-, como tampoco en la reeducación y reinserción social del delincuente-artículo 25.2 CE- o la prevención esencial y general asignadas como funciones conminatoria y educativa a la pena. Si bien éstas pueden ser admitidas como objeto y finalidad principal de la sanción penal, la sociedad del Estado Social y Democrático de Derecho y de la Globalización demanda otros fines y efectos a un Derecho Penal en el que no sólo la víctima directa, y perjudicados eventuales, de la infracción sean objeto de atención procesal, protección y resarcimiento, sino que más allá de éstas funciones tradicionales debe tener por finalidad el restablecimiento del equilibrio económico social roto por el delito a favor de sus responsables y terceros beneficiarios, y tanto sean de responsabilidad criminal-artículo 127.3 CP- o responsables civiles directos o subsidiarios, e incluso meros terceros participes lucrativos-articulo 122 CP-, sin desechar a priori la responsabilidad de ampliar éste efecto a los que sean a titulo oneroso-vr. Gr. Articulo 374.3 CP.
  • Sin stock
    La mediación, concebida en un sentido amplio, pero a la vez en un marco de acción específica, entendida como proceso de acompañamiento no dirigido del ciudadano, se presenta en esta obra como una de esas formas de gestión de la comunicación, de las relaciones humanas, de los aprendizajes y de los conflictos en el tiempo presente. Se trata, en suma, de una nueva figura institucional por la que los intervinientes tienen la oportunidad de hacer valer su propia visión de la realidad y de buscar el entendimiento con el otro a partir de la aceptación de la diferencia y la contingencia, teniendo como testigo a un agente social consciente de la nueva realidad.
  • Sin stock
    La elaboración de un libro acerca de la soberanía requiere una cierta justificación. El concepto ha decaído en el uso desde la perspectiva interna, en casi todas partes. Sin embargo, en mi opinión, sigue teniendo gran actualidad desde la perspectiva internacional que es la aplicada en este trabajo monográfico. Además de la perspectiva internacional, el texto ha sido desarrollado en un planteamiento evolutivo o histórico, por varias razones: en primer lugar, la comprensión del concepto, hoy, requiere el conocimiento de sus orígenes y su desarrollo; en segundo lugar, la perspectiva internacional del concepto no aparece antes de la perspectiva interna, sino al revés, de manera que ambas son separables a partir de cierto momento y, por ello, tienen en común una parte de la evolución (hasta ese momento); en tercer lugar, como concepto histórico, tendrá un final, al igual que ha tenido un comienzo, vinculado a las realidades con relación a las cuales nació. A la vista de las transformaciones recientes es un concepto, el de soberanía, al que resulta interesante seguirle la pista para identificar las tendencias a través de las cuales se mueve y el estado en el que se encuentra.
  • En el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual de 1996 el derecho de transformación constituye, sin lugar a dudas, un derecho de gran aplicación práctica, si bien en contraste con ello, destaca tanto la insuficiente delimitación de sus límites, como su escaso tratamiento. De ahí que con mayor frecuencia de la destacada, la doctrina se haga eco de la incertidumbre que subyace entorno a este derecho, puesto que, por si fuera poco, en el Texto Refundido se le presta escasa atención pese a que se aborda desde distintas perspectivas, lo que, lejos de contribuir al esclarecimiento de sus límites, favorece la creación de mayor confusión al respecto. Además, en múltiples ocasiones se produce un problema de delimitación de este derecho de explotación en el derecho de reproducción, e incluso, a veces, ante la transformación de una obra intelectual también entra en juego el derecho moral a la integridad de la obra, derecho que, a su vez, se encuentra muy relacionado con el derecho que tiene el propio autor a modificar su obra.
  • El fenómeno de la globalización constituye, sin duda alguna, una de las claves explicativas de nuestro tiempo. Su capacidad transformadora está transmutando drásticamente los procesos socioeconómicos y forzando, simultáneamente, un amplio repertorio de cambios complejos que alcanzan a los diferentes ámbitos de la vida social, desde la política a la cultura, desde las relaciones humanas hasta el derecho. Ante la irrupción de la multiplicidad de fenómenos que desencadena la globalización, los viejos modelos de la Teoría jurídica y de la Ciencia del derecho se muestran anacrónicos y manifiestan su inadecuación conceptual para aprehender y explicar realidades novedosas. Comienza a emerger, de manera paulatina, un nuevo paradigma del derecho cuyos contornos se contemplan ya con nitidez. Es un paradigma plural de lo jurídico, que nace al abrigo de la desterritorialización del derecho...
  • El objeto de la presente obra es ofrecer una reflexión en profundidad sobre algunos aspectos del derecho internacional humanitario que son objeto de especial relevancia en la Sociedad Internacional actual, tanto en relación con la protección de las personas como de los bienes, que han de ser tenidos en cuenta en el transcurso de las operaciones de manteniemiento de la paz. Con la intención de cumplir este objetivo la obra se divide en tres grandes apartados: 1. Las operaciones de mantenimiento de la paz. 2. Reflexiones sobre el derecho internacional humanitario con ocasión de las operaciones de mantenimiento de la paz. 3. La protección de los bienes.
  • El objetivo del libro es analizar las posibles injusticias y detectar nuevas dimensiones de los derechos fundamentales, para que puedan ser invocadas ante los jueces y tribunales. Los firmantes de los artículos proceden de distintas especialidades, lo que sin duda enriquece la detección de los diferentes problemas.
  • En esta obra se analiza y reflexiona sobre la identidad nacional, europea y global y los desafíos de la humanidad en el siglo XXI, desde una perspectiva liberal humanista, donde la sociedad civil ha tomado la iniciativa democrática y ecológica para un cambio hacia un mundo más humanista e interdependiente en la era de la globalización.
  • Esta obra focaliza su contenido sobre los límites a la libertad de expresión e información que tiene una correlación más directa con el individuo, y con su libre desarrollo. Pero estamos convencidos de que la interconexión de estos derechos es clave para el correcto desarrollo social, incluso podríamos ir un poco más allá en la afirmación, y manifestar que son esenciales para el correcto desenvolvimiento de la organización social. En la misma proporción den la que existan desequilibrios en la relación de los derechos de los que nos ocupamos, se producirán en la organización social disfunciones. De igual forma que una equilibrada relación entre libertad de comunicación y derechos individuales produce un efecto cohonestador en la sociedad, la dinamiza y la introduce en una dialéctica positiva.
  • La necesidad de adoptar mecanismos procesales y judiciales que garanticen la protección de los derechos de propiedad industrial e intelectual constituye un objetivo de los Estados, tanto en el ámbito internacional como el comunitario. A pesar de haber adoptado diversas directivas comunitarias – en particular, la Directiva 2004/48 sobre la observancia de los derechos – y tratados internacionales – el Acuerdo ADPIC, en el marco de la OMC – para garantizar este objetivo, la efectividad de los mismos en Europa disminuye cuando los litigios en los que se ven inmersos los titulares de estos derechos adquieren un carácter transfronterizo. Ello es debido a que el sistema de competencia judicial internacional vigente en la Comunidad Europea – establecido en el Reglamento 44/2001 y los Reglamentos sobre derechos de propiedad industrial comunitarios – presenta algunas carencias constatables en la jurisprudencia de los tribunales nacionales y del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Por un lado, el sistema impone obstáculos para que los titulares de derechos de propiedad industrial puedan concentrar ante un mismo tribunal sus demandas por infracciones de derechos sufridas en una pluralidad de Estados. En muchos supuestos, para obtener una protección integral de sus derechos, los titulares se ven obligados a presentar demandas en cada uno de los países en los que se ha sufrido la infracción, circunstancia que alarga enormemente los procesos, encarece el acceso a la justicia y, además, resta seguridad jurídica, pues los tribunales de un Estado no están obligados a adoptar la misma sentencia que se ha adoptado en otro. Por otro lado, como queda demostrado por la práctica judicial en ciertos Estados miembros, ciertas disposiciones del Reglamento 44/2001 son utilizadas fraudulentamente por los infractores de derechos de propiedad industrial e intelectual para dilatar la duración de los procesos, circunstancia que, de nuevo, erosiona el objetivo de garantizar un alto nivel de protección de estos derechos. Entre otras estratagemas, nos referimos a la práctica de los “torpedos” – la presentación de una acción declarativa de ausencia de infracción en un Estado para paralizar cualquier acción por infracción que el titular de los derechos pueda presentar ante los tribunales de cualquier otro Estado miembro – o a la presentación de acciones o excepciones de nulidad del derecho de propiedad industrial ante los tribunales del Estado de registro para paralizar los procedimientos sobre infracción de dichos derechos iniciados ante los tribunales del Estado del domicilio del demandado. El presente trabajo está destinado analizar estas carencias del régimen de competencia judicial internacional en materia de propiedad industrial e intelectual establecido por el Reglamento 44/2001 y los Reglamentos de derechos de propiedad industrial comunitarios. Se pretende, también, ofrecer propuestas para solucionar estos problemas y facilitar que, además de garantizar el principio de seguridad jurídica y el derecho de defensa que asiste a todo demandado, el régimen de competencia judicial internacional comunitario asegure ese otro objetivo de las instituciones consistente en la tutela efectiva de la propiedad industrial e intelectual.
  • Es posible que no haya habido en l historia un régimen más tiránico y perverso del Estado nacionalsocialista alemán. El Holocausto es su terrible legado a la humanidad y su indeleble signo de Caín. El derecho parecería, con su sistemática, reglas y procedimientos, representar la situación paradigmáticamente opuesta al Leviatán hitleriano. ¿Cómo conciliar la normalidad de las leyes con el decisionismo radical del Caudillo? ¿Cómo referir la inevitable pretensión de justicia de un acto jurídico con el desprecio de los derechos y de la dignidad de los más débiles? ¿Cómo compatibilizar las garantías procedimentales con el arbitrio y la violencia? Y sin embargo hubo en la Alemania de los años terribles del gobierno de Hitler juristas famosos y cultos que teorizaron y justificaron el tercer Reich a traces de elaboradas e incluso elegantes construcciones iusfilosóficas y dogmáticas. El más famoso de los juristas nazi es sin dudas Carl Schmitt; sin embargo es Karl Larenz uno de los más influyentes y sinceros. Su producción en los doce años de Hitler es poderosa e ingente, en cierta medida también inteligente. NO se trata como en la teoria de Schmitt de la oportunista cobertura la discrecionalidad del Caudillo, sino que hay que un diseño orgánico y completo de reforma del sistema jurídico en sentido antiigualitario, comunitarista y autoritario. Es la modernidad jurídica misma la que Larenz quiere cancelar. Pues bien, de esto trata este libro, ya que los demonios que agitaron y corrompieron a Larenz y a la gran mayoría de los juristas alemanes de su tiempo no son del todo externos a la tradición y a la mentalidad del derecho como producto ultimo de poder y fuerza. Quizás es la modernidad jurídica a la que lleva dentro de sí misma venenos que el estudio de la obra jurista nazi nos permite destacar.

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