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De todos los temas que son objeto de estudio por los penalistas sin duda el más inherente al Derecho penal son los problemas que plantean los delitos contra la vida humana. Y uno de ellos es el que se viene suscitando desde hace algún tiempo en el seno de la jurisprudencia que, en un principio de forma tácita y en otras ocasiones de forma más expresa, ha introducido un nuevo criterio acerca del instante en el que comienza la protección penal de la vida humana independiente, esto es, la cualidad de persona, y cuándo por tanto pierde el feto su condición de vida dependiente para alcanzar su status de vida autónoma que le otorgue mayor protección penal a través de la aplicación de las normas relativas a los delitos de homicidio o lesiones. De ello se ocupa la primera parte de este libro, aportando el contenido y comentario de algunas de las más importantes decisiones judiciales, doctrinales y de Derecho comparado que han abierto el camino hacia esta nueva protección penal del neonato. Pero además la protección penal del neonato requería abordar otros temas de estrecha vinculación con el anterior, como es el aborto, en concreto el conflicto entre la vida del neonato en el momento en que éste podría alcanzar su cualidad de persona, y la vida de la madre (indicación terapéutica), y otros problemas que pueden plantear algunos extremos de la actual regulación de la indicación eugenésica y su posible extensión hacia una denominada «indicación infantil en el aborto», esto es, la ampliación de la indicación eugenésica hasta instantes previos al inicio del nacimiento. -
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NUEVOANA ALONSO -
NUEVOJULIA DONALDSON -
NUEVOALIANZA En el complejo y vibrante laboratorio a cielo abierto de nuestros espacios urbanos, donde se manifiestan nuestras contradicciones y se experimentan los cambios en los hábitos y modos de vida, se concentran también los grandes retos del desarrollo de la humanidad. Ante el triple desafío ecológico, económico y social al que nos enfrentamos, Carlos Moreno propone replantear la ciudad a partir del uso, la proximidad y la supresión de los desplazamientos. Lo que ha denominado «la ciudad de los quince minutos» supone otro modo de vivir, de consumir, de trabajar, de estar en la ciudad; implica repensar el modo de desplazarse, de recorrer el espacio, de explorarlo, de descubrirlo. La ciudad de los quince minutos busca recuperar el carácter multipolar de las urbes, acercar los servicios a la gente, dar más importancia a lo local, recuperar los vínculos de vecindad, salir del estatus social impuesto por el mundo del trabajo y guardar las distancias con esa ciudad entregada a los coches para recuperar el amor por los lugares. La ciudad multicéntrica está ahí para dinamitar todo eso: para recuperar el carácter particular y el espíritu de cada ciudad y ofrecer la ocasión de retomar el control del tiempo de nuestra vida. -
«A menudo, desde el principio de nuestra relación, me había quedado fascinada descubriendo al despertarme la mesa con los restos de la cena, las sillas desplazadas, nuestra ropa mezclada, tirada por el suelo en cualquier lado la víspera por la noche al hacer el amor. Era un paisaje diferente cada vez. Me pregunto por qué la idea de fotografiarlo no se me ocurrió antes. Ni por qué nunca se lo propuse a ningún hombre. Quizá creyera que había en ello algo vagamente vergonzante, o indigno.A lo mejor, también, es porque solo podía hacerlo con aquel hombre en aquel periodo de mi vida.» Catorce fotografías tomadas con su amante, Marc Marie, articulan esta historia de amor marcada por el cáncer de mama padecido por Annie Ernaux. -
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El título de esta monografía presenta, ya de entrada, un interrogante que preocupa tanto a la opinión generalizada como a la académica. Ordinariamente, la cuantificación de las infracciones penales se relaciona con la seguridad ciudadana en tanto que ésta se relaciona a su vez con la delincuencia. Parecería más adecuado, en principio, la sustitución de la expresión "seguridad pública" por "seguridad ciudadana", pero tampoco esta propuesta es totalmente satisfactoria. Lo cierto es que ambas expresiones se conectan por parte de la doctrina con la noción de policía administrativa y eso nos parece acertado, pero el abuso de la noción de policía administrativa y de orden público en los regímenes autocráticos, y en particular el que ha presidido nuestra historia reciente, no justifica que desde el diseño constitucional y hasta ahora no exista un mayor claridad al respecto, al menos en el campo científico. -
.. La persona, como eje a través del cual gira las relaciones de Derecho Privado, ha de ser tratada, en cuanto a su capacidad-incapacidad, atendiendo a su grado de discernimiento y voluntad, además de su entorno que, en las situaciones transitorias, se coloca como un posible factor fundamental de influencia sobre el individuo. De esta forma, con anterioridad, hemos de comenzar por el estudio de la incapacidad legal o aquella que se determina por el propio Ordenamiento Jurídico, para continuar con la capacidad natural y la incapacidad natural transitoria o trastorno mental transitorio que el es verdadero objetivo de esta investigación... -
Se cruzan aquí, en el papel, y se han cruzado cara a cara en el seminario que dio origen al texto, ideas y prácticas que provienen de la participación ciudadana, de la gestión de conflictos, las ciencias políticas y la sociología. Confluyen todas en una misma preocupación: ¿cómo intervenir para catalizar la participación horizontal y democrática de los actores en sus propios asuntos?; ¿Cómo evitar que esa intervención se convierta en un instrumento de intereses particulares, a veces de una de las partes, a veces de que de una forma más o menos evidente-y más o menos transitoria-ocupa el lugar del poder en una relación social? Todo el volumen comparte una convicción: la de que las prácticas sociales son y han de ser formadas de teoría, y de que estas teorías viven, se refuerzan y se refunden en las prácticas. -
Posiblemente sea una leyenda más de las muchas que giran en torno a Nicolás Maquiavelo, pero no nos resistimos a la tentación de perpetuarla. A sus críticos les confirmaría el lado demoníaco con que lo han retratado a lo largo de los siglos; por contra, sus valedores vemos en ella el sarcasmo brillante de quien antepuso la política a cualquier otra pasión. La leyenda podría titularse «El último sueño de Maquiavelo» y lo presenta en el lecho de muerte y llamando a sus familiares y amigos para contarles un sueño que acaba de tener. Mientras dormía se le ha presentado una turbamulta de gentes asustadas y de aspecto menesteroso; cuando Maquiavelo se informa de quiénes son, le responden que son las almas de beatos y santos y que se dirigen al Paraíso. A continuación se encuentra con otro grupo de personas de aspecto grave que, discutiendo de política, se encaminan hacia el Infierno; entre ellos reconoce a varios filósofos de la Antigüedad. A la pregunta de qué comitiva prefiere seguir, sin pensárselo dos veces, Maquiavelo se decanta por los condenados al fuego eterno. Como decíamos, aunque genuinamente maquiaveliano, se trata de un episodio apócrifo; no era aquél el infierno tan temido que le reservaba la posteridad, sino el del ostracismo y el acallamiento. Maquiavelo murió el 21 de junio de 1527, a la edad de cincuenta y ocho años. Durante un tiempo se especuló con la idea del suicidio sin más argumento que la sospecha de desaliento; tras la reciente expulsión de los Médicis y la restauración de la República en Florencia, en mayo, Maquiavelo esperaba que le devolvieran el cargo de secretario que había desempeñado en el período 1498-1512. La nueva administración republicana ni siquiera tuvo en cuenta su candidatura. Hoy, en virtud de los fármacos que tomaba, se habla de una úlcera gástrica o bien de una apendicitis que pudo derivar en peritonitis aguda. Su estado de ánimo no debía de ser el indicado para sobreponerse a la crisis, desde luego; sin embargo la tesis del suicidio carece de fundamento. Si Maquiavelo acabó en el infierno, como es posible que acabara, no lo encontraremos en el círculo de los suicidas donde, según Dante, las arpías hacen su nido. -
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PROMOProcesos básicos de pastelería y repostería reúne los contenidos desarrollados en la LOE para la nueva Formación Profesional (R. D. 1396/2007). El módulo (con el mismo nombre que el título del libro) se imparte en los Ciclos Formativos de Grado Medio de Técnico en Panadería, Repostería y Confitería, y en el Ciclo de Grado Medio de Técnico en Cocina y Gastronomía. Asimismo coincide con módulos de Cursos de Formación para el Empleo en estas áreas. Su estructura ordenada facilita al docente el proceso de enseñanza-aprendizaje y al alumnado, el seguimiento de los temas. Las fotografías a color y los distintos cuadros y gráficos ayudan a la comprensión de los procesos y técnicas utilizadas. Se tratan temas como historia de la pastelería; herramientas y maquinarias que se utilizan en el obrador; procesos básicos (uso de la manga pastelera, del cornet, del batido ); técnicas en la elaboración de diferentes tipos de masas (las batidas, las fermentadas, las hojaldradas, las escaldadas ); elaboraciones de azúcar, chocolate, etc. Incluye un glosario técnico y actividades de refuerzo sobre los contenidos desarrollados en cada tema. Es un excelente material, muy apropiado para aquellos que quieran profesionalizarse en el mundo de la pastelería y panadería y conocer las técnicas, los procesos y la función que desempeña cada una de las materias primas en las diferentes etapas hasta lograr el producto final. -
NUEVOCCS Este libro pretende ser una voz, una herramienta, una rendija abierta a la esperanza. Cada relato, cada actividad propuesta tiene una doble vertiente: denunciar el dolor de los que sufren y ofrecer recursos para intentar acabar con él. Su primer objetivo es llegar al fondo de la cuestión, a las personas afectadas por el acoso escolar. Por un lado: los acosados, los acosadores, los testigos y sus familias. Por otro, los profesionales que trabajan en ese entorno: profesores, educadores, psicólogos, orientadores, pedagogos... Y el segundo, conseguir que esta herramienta esté disponible en aulas, bibliotecas y centros educativos, para que su contenido actúe, como si de un medicamento se tratase, en el lugar donde se da el problema, y al mismo tiempo contribuya a prevenir y sensibilizar sobre el tema. -
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NUEVOEDAFLas palabras son armas poderosas. Pueden servir para inspirar o para exaltar, para proporcionar consuelo o generar confrontación, para conseguir la victoria o forzar la rendición. Y, con frecuencia, la mejor de las retóricas, en boca de los maestros de este arte, consigue exaltar al más insensible de los oyentes. En un espectro temporal que va desde el siglo V a.C. hasta nuestros días, esta recopilación de discursos detalla aquellos momentos cruciales de la historia del mundo en los que las palabras de una persona han tenido un eco trascendental en las masas. Repasando la oratoria de hombres y mujeres, de liberales y radicales, de militares y civiles, cada discurso se sitúa en su contexto histórico y se analiza su repercusión sobre el ánimo, dispuesto o reticente, de las personas a las que fue dirigido. De los emocionados llamamientos de Garibaldi a sus soldados ¡A las armas, pues, vosotros todos! o del presidente estadounidense Ronald Reagan Señor Gorbachov, ¡Derribe este muro! al afligido llamamiento de Pericles al entonar su oración fúnebre, Discursos que inspiraron la Historia pone de manifiesto cómo, en tiempos de incertidumbre para los pueblos, las simples palabras pueden transformarse en instrumentos de guerra o de paz, y atesoran el potencial de modificar el curso de la evolución de la humanidad... -
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PROMOHoy en día la cocina es un espacio multitarea. Esto se debe a que este ambiente del hogar es un área en la que se llevan adelante diferentes actividades más allá de la labor de cocinar. Sin embargo, este ambiente debe encontrarse equipado para su misión primitiva y primordial: la preparación de alimentos. Cocinas Novedades y Consejos es un libro que recorre de punta a punta: desde su planificación y distribución hasta las mejores formas de ordenarla pasando por otros aspectos de importancia -
NUEVOBEATRIZ DAPENA -
NUEVOEva Torres y Quiel Ramos -
NUEVOALTEA VILLA -
l Dr. Alex Seglers nos ofrece un estudio completo sobre el Derecho Eclesiástico "Autonómico", pero bajo nuevos planteamientos. La investigación se afana en encontrar las soluciones constitucionales que, para la libertad religiosa, supone la tensión que enfrenta a los principios de unidad y autonomía, los límites de las potestades normativas autonómicas a la hora de regular las proyecciones civiles de su factor religioso, o el vigente papel que juega la ley orgánica (distinto al de 1980) como pieza del sistema de fuentes en nuestro ordenamiento jurídico. El despliegue del proceso autonómico le lleva a analizar competencialmente las proyecciones estatutarias de los derechos de la libertad religiosa, desde una comprensión del contenido taxonómico de esta libertad basado en lo que es: una libertad pública fundamental que puede, en ciertos supuestos, exigir facetas prestacionales vinculantes para el conjunto de los poderes públicos, incluyendo por tanto a las Comunidades Autónomas y los Entes Locales. -
ce ya más de diez años, todos los que en aquella época nos dedicábamos al estudio del Bioderecho asistimos a una especie de convulsión originada por lo que parecía ser el surgimiento de una nueva era. En febrero de 1997, la revista Nature anunciaba al mundo que, por primera vez en la historia, había sido posible, unos pocos meses antes y mediante una técnica que se consideraba hasta entonces cerrada para los mamíferos (la transferencia nuclear), clonar un mamífero superior. Había nacido Dolly y, con ella, una enconada polémica, que, en alguna de sus derivaciones, todavía pervive en la actualidad. En efecto, en el transcurso de este tiempo la clonación ha ido originando acontecimientos de toda índole, desde llamadas a su prohibición más absoluta, que crean violentas divisiones en los foros más prestigiosos, hasta publicaciones de falsos logros científicos en las revistas de mayor impacto, pasando por anuncios rimbombantes de oscuras sectas que tratan de aprovecharse de la ignorancia generaliza de muchos de los aspectos que rodean a la clonación humana. No creo que sea exagerado sostener que un hallazgo biológico de la máxima importancia, como es, ciertamente, la clonación de mamíferos y su posible traslación al ser humano, ha puesto en entredicho un sin fin de postulados en diversos ámbitos del saber, que hasta hace pocos años eran tenidos por pacíficos o que se contradecían en pacífica convivencia. Por lo que se refiere a la comunidad científica (de las ciencias empíricas), ha quedado en mayor evidencia la necesidad de filtrar con sumo cuidado los mensajes que nos envían los investigadores, y no sólo por las falsedades en las que pueden incurrir, pues no ha sido la primera vez que éstas han afectado a investigaciones tenidas por relevantes y que han sido capaces de atravesar con éxito las, en principio, más rigurosas y cualificadas evaluaciones previas a su publicación, ni con toda seguridad será la última ocasión en que esto suceda. Pocas cosas parecen hoy imposibles para la Biología, pues incluso poco antes del nacimiento de Dolly, como ya adelantaba más arriba, los especialistas negaban, como si de un axioma se tratara, que fuera posible aplicar en mamíferos la técnica de la transferencia nuclear, y se consideraban imposibles los procesos de reversibilidad biológica, como los de diferenciación-indiferenciación y reprogramación celular. Pero, al mismo tiempo, algunos investigadores han conseguido convencer a los expertos más cualificados de la inminencia de la llamada clonación «terapéutica» (otro sutil mensaje de efectos subliminales indiscutibles), sin que todavía se haya conseguido aplicar esta técnica de transferencia nuclear con material humano, y habiendo pasado por alto, al menos en su discurso mediático, la alteración metodológica que científicamente aparece como más apropiada al profano. Pues, al menos aparentemente, el primer paso habría de ser conseguir en el laboratorio la transformación de células madre embrionarias en células somáticas diferenciadas que fueran apropiadas para tratar, a partir de ellas, algunas enfermedades que se espera que lo sean gracias a estas investigaciones, pero sirviéndose para ello en primer lugar de la fuente menos discutida (que también lo es): embriones humanos excedentarios o sobrantes de las técnicas de reproducción asistida, de modo que se relativizase la emergencia de la clonación, como un paso más y posterior en este ámbito de la investigación. Esto último, es decir, la consecución de la clonación humana a partir de la técnica de la transferencia nuclear, tampoco ha ocurrido todavía. -
La obra Imposición Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio. forma parte del catálogo de Editorial Comares S.l.. En 3000 la editorial comenzó su primera singladura y actualmente se encuentra en Andalucía. Tiene en su haber más de 3200 publicaciones en catalogo. Editorial Comares S.l. tiene títulos sobre todo de Psicología, Derecho, Filosofía, Económicas, Ensayo entre otras. Persona, Crítica Del Derecho. Sección Derecho Vivo, Derecho De La Sociedad De La Información, Estudios De Derecho Penal, La Veleta entre otros son algunos ejemplos de colecciones de la editorial. -
NUEVOCATEDRA "Yngermina o la hija de Calamar" (1844) debe considerarse la primera novela colombiana. Publicada en Jamaica durante el exilio de su autor, probablemente circuló muy poco por las repúblicas surgidas en la Nueva Granada tras la ruptura del proyecto bolivariano. Situada la acción en la época de la conquista, por un lado enfrenta a los indios de la región de Calamar, actual Cartagena de Indias, con los españoles, y, por otro, pone en valor el mestizaje para la construcción del nuevo país. Juan José Nieto (1804-1866) participó activamente en los enfrentamientos políticos producidos por las distintas divisiones partidistas y los conflictos regionales que fueron diseñando la actual república de Colombia. Llegó a ser presidente del Estado federal del departamento de Bolívar y le correspondió proclamar el fin de la esclavitud. Fue autor de otras dos novelas y de un estudio sobre la región del Caribe. Ambas experiencias complementan la composición de este libro fundacional que busca una solución para las tensiones políticas, regionales y étnicas a través de una de las primeras obras novelescas de Latinoamérica. -
NUEVOQUIEL RAMOS -
«Escrita con elegancia e ingenio, Tragedia en el tribunal es para muchos la mejor novela detectivesca inglesa ambientada en el mundo de la justicia». P. D. JamesEn el otoño de 1939, el juez William Hereward Barber del Tribunal Supremo recorre el sur de Inglaterra presidiendo casos de municipio en municipio. Cuando una carta le advierte sobre una inminente venganza sobre su persona, el magistrado le resta toda importancia, atribuyéndola sin duda a algún inofensivo lunático. Pero al recibir el segundo anónimo, seguido esta vez de una caja de bombones envenados, Barber empieza realmente a temer por su vida. Será el abogado y detective aficionado Francis Pettigrew ;probo, poco exitoso y enamorado en su día de la esposa del juez; quien intente desenmascarar al autor de las amenazas, antes de que sea demasiado tarde; Tragedia en el tribunal (1942) es indiscutiblemente la obra maestra de su autor y uno de los más originales y acabados exponentes de la ficción judicial de todos los tiempos.
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No hay derecho a la objeción de conciencia respecto a una norma emanada de un parlamento legítimo. La afirmación sonaba drástica; sobre todo, al ser emitida por una de las más altas autoridades gubernamentales. Pasado un primer impacto, más bien resultaba paradójica, ya que daba por descontado que hay un derecho a objetar en conciencia; en caso contrario, sobraba toda la segunda parte. Pero, si hay tal derecho, respecto a qué podríamos plantear la objeción, si no es posible hacerlo frente a una ley; ¿respecto a los resultados de la Primitiva? Es obvio que, en un sistema democrático, sólo la norma emanada de los poderes legítimos pueden condicionar la libertad individual y, en consecuencia, afectar a la conciencia. El problema ?o, mejor, los problemas? consistirían precisamente en eso: en si podemos sentirnos moralmente obligados a desobedecer o incumplir una norma jurídica, formalmente impecable pero claramente incompatible con el respeto a nuestras convicciones personales; y, segunda cuestión, si disponemos jurídicamente de un derecho a plantear en el ámbito público nuestra objeción moral. La relación entre derecho y moral ha sido tradicionalmente una fuente inagotable de problemas teóricos para los especialistas de teoría del derecho o de filosofía moral. La novedad es que ahora se convierte en una fuente no menos incesante de problemas prácticos para cualquier ciudadano; de un modo particular, si su trabajo profesional se desenvuelve en un ámbito tan lleno de relevancia ética como el sanitario. De ahí que resulte especialmente oportuno enfocar la cuestión desde cada uno de esos dos observatorios, tan relacionados entre si como emplazados con muy diversa perspectiva. Desde el ángulo moral el asunto es bien claro. Sin necesidad de remontarse a Antígona, El Alcalde de Zalamea, que probablemente no tenía noticia de su existencia, traducía con envidiable soltura el dar al César lo que le corresponde. Al Rey la hacienda y la vida se ha de dar, pero el honor es patrimonio del alma? Es obvio que ante la ley que repugna a nuestra moral es obligado plantearse el problema de conciencia por antonomasia.