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La presente obra, aunque constituye un todo orgánico, tiene dos partes claramente diferenciadas: la primera parte es la teoría general de la sucesión y la segunda se subdivide a su vez en dos materias: la sucesión legítima, o sea aquella que se produce cuando no existe testamento, y la sucesión contractual dedicada a los pactos sucesorios. Todo ello se estudia no sólo bajo la óptica del Código Civil, sino también de las distintas legislaciones específicas #llamémoslas o no forales# que existen dentro de nuestro país; y que tan ricas son en algunas materias como éste, precisamente, de la sucesión paccionada, que el Código Civil la había ignorado totalmente (por lo menos hasta la reciente reforma del artículo 831) . Todas estas materias están claramente relacionadas no sólo por regular el hecho sucesorio, sino, también de manera negativa por no aludir a la sucesión testamentaria y dejar aparte la sucesión forzosa o legitimaria, hasta el punto de que incluso determinadas materias, como el derecho de representación, han sido encuadradas en uno u otro ámbito según los diversos autores que los han estudiado, y que han seguido un criterio racional o legal (atendiendo a la ubicación dada por el Código Civil). He tratado de actualizar a fecha de hoy #marzo 2007# la normativa y jurisprudencia existente sobre las diversas materias.
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Este texto está editado por Editorial Comares S.l.. Fue fundada en 3000 y actualmente se encuentra en Andalucía. Su catálogo tiene más de 3200 publicaciones. Dicha editorial está especializada en Pedagogía, Literatura, Divulgación Científica, Psicología, Económicas entre otras. El fondo editorial de Editorial Comares S.l. se distribuye en colecciones como Crítica Del Derecho. Sección Derecho Vivo, Legislación Administrativa De Andalucía, Estudios De Derecho Privado, Filosofía Hoy, Análisis Y Crítica Social... Los libros que conforman el catálogo de la editorial vienen de la mano de autores tan conocidos como Francisco David Adame Martínez, Antonio Agúndez Fernández, Carlos Almira Picazo, Fernando Aguirre, Ramón Herrera Bravo...
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Defensa de la legalidad de la Asociación Internacional de trabajadores Mensaje de los obreros al Jefe de la Unión Republicana Al ocupar por primera vez el sillón presidencial Discurso después del golpe de estado de 3 enero de 1874El conflicto de Melilla La crisis del miedo Los republicanos y la iglesia Discusión del mensaje de la Corona Justificación de la campaña de obstrucción parlamentaria Declaraciones de Nicolás Salmerón tras las elecciones del 26 de abril de 1903Mensaje de los obreros al Jefe de la Unión Republicana El presupuesto del Ministerio de la Guerra Interpelación del señor Nocedal Contra el nombramiento del Padre Nozaleda Legalidad de los partidos políticos Contra la suspensión de garantías constitucionales en la provincia de Barcelona Interpelación del señor Junoy Represión de los delitos contra la Patria y el Ejército Contestación al discurso de la Corona
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El presente estudio ofrece una síntesis entre la Teoría Funcionalista de la Traslación y los Estudios de Comunicación Intercultural. Cabe resaltar, no obstante, que son las aproximaciones traductológicas funcionalistas las que nos sirven de base para nuestra reflexión, es decir, la incorporación interdisciplinar de las teorías sociales e (inter)culturales se rige por nuestro interés prioritario, que es la traslación. Aunque la traslatología, como «interdisciplina» (Snell-Hornby [1988]1995 passim), recurre a otras áreas académicas, su carácter de disciplina autónoma requiere, a nuestro entender, que parta de conceptos propios, es decir, específicamente traductológicos, conceptos que, a su vez, definen el objeto de estudio y los intereses específicos de su área. De modo que los conceptos de otras disciplinas no se pueden aplicar sin más al campo de la traslación sino que requieren ser adaptados, según cada caso, a la perspectiva traslatológica (Holz-Mänttäri habla de «traslatologizar» [translatologisieren]; cf. p. ej., 1993a, 277 ; cf. Hönig 1995, 7 acerca de la autonomía de la traslatología; cf. también la discusión exhaustiva del desarrollo de la traslatología como disciplina autónoma y su relación interdisciplinar con otros ámbitos académicos en Kaindl 2004, 7-71) . Las ideas principales del enfoque que presentamos en adelante se basan en nuestro libro Die Kulturkompetenz des Translators. Begriffliche Grundlegung und Didaktisierung [La competencia cultural del traductor. Fundamentación conceptual y didactización] (Witte 2000 [22007]). Para la presente publicación hemos desarrollado en más detalle nuestra reflexión teórica anterior y ampliado la argumentación incorporando la bibliografía pertinente que ha visto la luz en estos últimos años. También se han añadido ejemplos prácticos, con el fin de facilitar el acceso a las ideas teóricas expuestas. Entendemos este estudio como una aportación a la Teoría Funcionalista (General; cf. cap. 1.3) de la Traslación, en el sentido de que los postulados acerca de la «competencia cultural del traductor» formulados en dicha teoría, aquí se ven precisados y concretados a través de la definición detallada de este concepto.
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La versión que se presenta al lector es la debida a la traducción de Juan Antonio de las Casas que se editó -tras superar múltiples problemas de los que da cumplida nota Torío- en Madrid, por la imprenta de Joaquín Ibarra, en 1774; edición ésta que posteriormente ha sido objeto de múltiples reediciones, siendo la última la realizada por el Ministerio de Justicia en 1993.
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La intención de este trabajo es iluminar, siquiera de manera tenue, el problema de la ausencia en Derecho romano. Más allá de pretender una visión omnicomprensiva de la cuestión, hemos optado por analizar la que hoy es una figura jurídica con fronteras muy determinadas desde una perspectiva histórico-jurídica. Concretamente, teniendo presente la concepción moderna de la ausencia ?en sentido amplio? centraremos nuestra atención en una institución de profundas raíces en el mundo antiguo como es el postliminium, que recibe en Roma su propia configuración y un notable desarrollo técnico proveniente de la labor de la Jurisprudencia clásica. Se trata pues, de un acercamiento en perspectiva histórica a una problemática, la de la ausencia, a menudo desdibujada en las fuentes y la doctrina. Como es sabido, lo que hoy es un tópico definido en el Derecho moderno de inspiración romana no presenta en las fuentes romanas ese mismo tratamiento, a diferencia de lo que tiene lugar en otros muchos casos. De ahí que, como veremos, no se hayan realizado análisis doctrinales del problema lo suficientemente esclarecedores desde un punto de vista global. La obra se estructura en tres capítulos y una coda, precedidos de una premisa general en la que se plantea el problema a tratar y el enfoque metodológico del estudio. En si cada uno de los capítulos subsiguientes se abordan distintos aspectos del postliminium desde el prisma de la ausencia, la cual, podemos anticipar, se entiende en un sentido técnico cercano a la concepción moderna que no resulta sin embargo del todo ajeno a las fuentes romanas. De esta manera en el primer capitulo, se analiza la relación entre ausencia y cautividad de guerra, así como el posible origen del postlimzn¡um y su configuración básica. En el segundo, se someten a exa men los medios jurídicos que se orientan a la gestión y con servación del patrimonio del cautivo con ius postliminii míen tras está en poder de los enemigos. Finalmente, en el tercero de los capítulos que integran este trabajo se analiza el pro blema del llamado postliminium in pace, desde un plantea miento doctrinal que discute la clasicidad de dicha modalidad, lo cual tiene notable interés desde la perspectiva de la ausencia.
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El trabajo realizado por el Dr. Francisco Javier Pastor Vita, dedicado a la venta de empresa y en general a la venta alzada o en globo de conjuntos de bienes o derechos. Si hay algo que caracterizó en su momento el punto de arranque de este trabajo de investigación, cuando se le propuso al autor como tema de Tesis Doctoral, fue precisamente la preocupación por los problemas reales, y no por las puras disquisiciones teóricas. Pocos temas de Derecho Civil, a caballo entre éste y el Derecho Mercantil, pueden ser catalogados como eminentemente prácticos como éste de las ventas o cesiones de empresas, de participaciones sociales, o de conjuntos patrimoniales más o menos delimitados. Curiosamente, pocos temas como éste han estado tan huérfanos de análisis jurídicos detallados.Con este punto de partida, debo reconocer que el autor de esta obra ha seguido a rajatabla la consigna inicial y toda su obra se estructura precisamente en bloques cuyo único fin es intentar dar respuesta a las cuestiones reales que este tipo de compraventas o cesiones plantean a quienes pretenden llevarlas a cabo.
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Aunque el nacimiento de la palabra se produce a principios del siglo XVI, la literatura utópica no nace con Tomás Moro sino que mucho antes ya podemos encontrar obras en las que se describen o se sueñan tierras fantásticas, lugares maravillosos en los que las personas que los habitan se gobiernan bajo principios, normas, instituciones y valores completamente diferentes. No obstante, si nos atenemos a la producción cuantitativa de utopías, un momento álgido de la literatura utópica se produce entre 1516 y 1789 pues en entre esos años cuando se publican no sólo las principales piezas de literatura utópica sino también un mayor número.
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El futuro de la comunicación y del periodismo está en la Red, sea cual sea la tecnología que vaya adoptando esa Red. Se presenta diversas aproximaciones que tratan cuestiones que van desde las bases de nuestra sociedad digital o el papel de lo digital en la historia global del periodismo, pasando por las nuevas capacidades y habilidades que necesita el profesional de la información a la hora de enfrentarse a este dominio tan cambiante. Sin desdeñar la relevancia de aspectos como las formas de organización, tratamiento, visualización y diseño en los medios digitales; las implicaciones del hipertexto, y los géneros en los nuevos medios; el uso de las fuentes de información; los modos y formatos del nuevo periodismo; la radio y la televisión en Internet, así como con otras cuestiones básicas y que, en ocasiones, no son tratadas en los textos al uso como son la audiencia y la propiedad intelectual en el contexto electrónico.
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El término biomedicina alude en la actualidad a un conjunto de conocimientos y aplicaciones prácticas para el ciudadano de la salud. La regulación jurídica de la sanidad (en el sentido más amplio) ha tenido desde siempre una gran relevancia por las múltiples implicaciones de esta actividad en la vida de las personas y, por ende, en la propia sociedad. Gran parte sino todos los aspectos que se ubican dentro del concepto de Biomedicina están regulados por las normas de diferente naturaleza y alcance tanto en las legislaciones nacionales como en la legislación de la Unión Europea que han cobrado progresiva relevancia en las sociedades actuales. Desde hace algunos años, además, los resultados de la investigación biomédica y biotecnológica han acrecentado la necesidad de revisar la legislación o de dotar de nueva regulación a situaciones antes desconocidas. Conocer estas normas y su aplicación básica resulta hoy esencial para todo aquel que desenvuelva su actividad profesional o académica en este vasto campo así como para los propios ciudadanos que pueden verse afectados por estas prácticas sanitarias.
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El segundo número de la colección Nuevos discursos, se dedica nuevamente a reflejar los trabajos de unas jornadas sobre neologismos (las terceras), que se celebraron en la Universidad Rey Juan Carlos. En esa ocasión, la obra trata el apasionante tema de la creación neológica en nuestra lengua, relacionada con la Sociedad de la Imaginación.
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El Preámbulo del Convenio General del Sector de la Construcción, vigente desde el año 2007 hasta el 2011, establece que uno de los instrumentos básicos para combatir la siniestralidad en el sector y mejorar las condiciones de seguridad y salud consiste en proporcionar a “todos los trabajadores que prestan servicios en las obras…la formación necesaria y adecuada a su puesto de trabajo o función en materia de prevención de riesgos laborales”. En cumplimiento de este propósito, el Convenio establece un plan formativo en materia de prevención de riesgos laborales que resulta de obligada aplicación a todas las empresas acogidas a este sector de actividad. Este plan formativo, en concordancia con lo determinado por la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, se constituye como uno de los instrumentos fundamentales para reducir la siniestralidad en este ámbito de actividad económica. El presente manual se ajusta a los contenidos establecidos por el artículo 140 del Convenio General del Sector de la Construcción para el personal directivo de empresa. Dichos contenidos formativos enlazan con los recogidos en el artículo 12 del Real Decreto 1109/2007, que desarrolla la Ley de la subcontratación en el sector de la construcción, los cuales son exigibles para poder acreditar a toda empresa contratista o subcontratista y que pueda inscribirse en el Registro de Empresas Acreditadas. En último término, los contenidos recogidos en este manual tratan de facilitar al personal directivo su labor de integrar la prevención de riesgos laborales en el conjunto de sus actividades y decisiones.
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El presente libro se ha realizado con la intención de ofrecer un análisis lo más exhaustivo e independiente posible, sobre la nueva problemática surgida en la actual “sociedad de la información”, y en especial en el uso de Internet, en relación a los delitos contra la Propiedad Intelectual. De este modo se exponen y analizan cada una de las corrientes y doctrinas existentes, a fin de ofrecer todo el espectro de posibilidades que se plantean en el ámbito de los delitos contra la Propiedad Intelectual, intentando determinar la mejor resolución para cada uno de los problemas que surgen en el tema tratado. Además, uno de los principales propósitos de este libro ha sido el de analizar si el Derecho Penal español, en su regulación de los delitos relativos a la Propiedad Intelectual, cumple eficazmente su voluntad de proteger los intereses patrimoniales de los autores, los editores o los productores, frente a los nuevos comportamientos ilícitos y dañosos de los derechos de Propiedad Intelectual surgidos a la luz de la “sociedad de la información”, lo cual se ha debido en gran medida a la nueva revolución que ha supuesto Internet, al multiplicarse las posibles formas de infracción de los derechos de Propiedad Intelectual.
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...un libro capaz de ofrecer una visión completa, rigurosa, pero general, de las libertades informativas en el entorno de habla hispana; un libro para una comunidad cultural llena de peculiaridades nacionales que nos separan, pero que especialmente comparte lengua, cultura, costumbres y, en la mayoría de los casos, juventud democrática...
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El Derecho penal de menores o Derecho penal juvenil, es una disciplina que ha alcanzado un gran desarrollo en los últimos años, pasando de ser considerado un Derecho penal en miniatura, hasta ser catalogado como un Derecho penal especial con un grado de autonomía e independencia cada vez mayor. Ello se debe en gran parte a la preocupación que muestra la sociedad española ante el fenómeno, parece ser que emergente, de la delincuencia juvenil y sus nuevas manifestaciones (bandas juveniles, bullying o acoso escolar, delincuencia callejera, etc.), lo que ha llevado al legislador a mostrar mayor interés por este fenómeno delictivo, y por articular una respuesta penal acorde con un tipo de delincuentes a los que no se les puede exigir el mismo grado de responsabilidad penal que a los adultos. La principal pretensión de este trabajo consiste en desarrollar de manera sistemática y con un lenguaje claro y preciso, el sistema penal de justicia juvenil en España y su desarrollo normativo mediante la LO 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, sus principales reformas y el Reglamento de 30 de julio de 2004. Para favorecer la consecución de este objetivo, los autores (profesores de Derecho Penal, Procesal y Criminología de la UNED) no se han limitado a comentar, con mayor o menor profundidad, el articulado de la LORRPM, donde acometen un análisis exhaustivo de la justicia penal y del proceso penal de menores, sino que además, por una parte, han expuesto a lo largo de dos capítulos una serie de consideraciones criminológicas sobre la delincuencia juvenil para que el lector conozca con un mayor rigor, las principales particularidades que rodean a este complejo fenómeno. Por otra parte, para que el lector no iniciado comprenda mejor el ámbito jurídico penal en el que se desenvuelve el Derecho penal juvenil, se describen en un capítulo de forma somera los elementos del delito que en una relación lógica necesaria, conforman la base del análisis de la estructura del delito, prestando una especial atención a la imputabilidad como presupuesto de la culpabilidad.
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La verdadera eficacia del Derecho Penal no se agota en la restauración de la vigencia de la norma desobedecida y quebrantada por el delito mediante la retribución que el castigo punitivo representa, ni en la restauración, reparación del daño o la indemnización de los perjuicios materiales y morales ocasionadas al sujeto pasivo víctima y perjudicados-artículo 110 CP-, como tampoco en la reeducación y reinserción social del delincuente-artículo 25.2 CE- o la prevención esencial y general asignadas como funciones conminatoria y educativa a la pena. Si bien éstas pueden ser admitidas como objeto y finalidad principal de la sanción penal, la sociedad del Estado Social y Democrático de Derecho y de la Globalización demanda otros fines y efectos a un Derecho Penal en el que no sólo la víctima directa, y perjudicados eventuales, de la infracción sean objeto de atención procesal, protección y resarcimiento, sino que más allá de éstas funciones tradicionales debe tener por finalidad el restablecimiento del equilibrio económico social roto por el delito a favor de sus responsables y terceros beneficiarios, y tanto sean de responsabilidad criminal-artículo 127.3 CP- o responsables civiles directos o subsidiarios, e incluso meros terceros participes lucrativos-articulo 122 CP-, sin desechar a priori la responsabilidad de ampliar éste efecto a los que sean a titulo oneroso-vr. Gr. Articulo 374.3 CP.
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El presente libro pretende ser un complemento a la anterior obra titulada “Introducción al derecho proceso penal (especialmente dirigido a Criminólogos y Policía Judicial)”, en la que se estudian los conceptos básicos de esta materia. Con ese mismo objetivo se pública el presente trabajo basado en la práctica procedimental desde el punto de vista de la de las actuaciones que debe llevar a cabo la Policía Judicial. Su contenido se divide en lecciones para su mejor estudio, empezando con un estudio de la naturaleza, composición y funciones de la Policía Judicial en España y de su principal herramienta, el atestado, sin olvidar otras formas de iniciación del procedimiento penal como son, entre otras, la denuncia y la querella. Igualmente, se aborda el estudio de temas tan importantes como son la protección de las víctimas, testigos o peritos, medios de investigación y prueba, entre los que se pueden destacar: La intervención telefónica, la entrada y registro, la inspección ocular, el agente encubierto y la entrega vigilada; además se realiza un análisis de la violencia doméstica y la de género, la detención y, por último, unas nociones básicas de “Derecho Procesal Militar”, debido a que algunos de los componentes de la Policía Judicial tienen disciplina militar, como es el caso del Cuerpo de la Guardia Civil. En resumen, esta obra intenta ser una herramienta de consulta, principalmente, para los miembros de la Policía Judicial en su actuación en y para el proceso penal, de tal forma que resulte de utilidad en aras de conseguir diligencias policiales de calidad.
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Se cruzan aquí, en el papel, y se han cruzado cara a cara en el seminario que dio origen al texto, ideas y prácticas que provienen de la participación ciudadana, de la gestión de conflictos, las ciencias políticas y la sociología. Confluyen todas en una misma preocupación: ¿cómo intervenir para catalizar la participación horizontal y democrática de los actores en sus propios asuntos?; ¿Cómo evitar que esa intervención se convierta en un instrumento de intereses particulares, a veces de una de las partes, a veces de que de una forma más o menos evidente-y más o menos transitoria-ocupa el lugar del poder en una relación social? Todo el volumen comparte una convicción: la de que las prácticas sociales son y han de ser formadas de teoría, y de que estas teorías viven, se refuerzan y se refunden en las prácticas.
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El libro del profesor Perlingieri que ahora presenta, en la versión traducida de su tercera edición en lengua italiana, supone la consolidación de una reflexión evolutiva que ha ido cimentando firmemente –casi siempre a través de estudios específicos cuyas conclusiones se incorporan sintéticamente en numerosos pasajes de la exposición- la posición científica fielmente mantenida por su autor sobre los aspectos más básicos de la normativa civil y, a través suyo y a la luz de la trascendencia que alcanzan sobre la misma los principios constitucionales, del entero ordenamiento jurídico. Toda la construcción reflexiva que constituye la obra se asienta en la idea de la naturaleza normativa de la Constitución, en el reconocimiento necesario del valor preceptivo de los principios y de las reglas constitucionales y en la superación del prejuicio. Con frecuencia persistente, de la naturaleza exclusivamente programática de la norma constitucional y del entendimiento de que tal normativa tiene como único y exclusivo destinatario el legislador ordinario.
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De forma gradual, se están sentando las bases legales para que ahora todos los actos procesales y las resoluciones judiciales que conforman el proceso puedan realizarse electrónicamente, o transformarse en documentos judiciales electrónicos, cualquiera que sea la forma o el soporte en el que originalmente se han tramitado. En el camino hacia la informatización del proceso civil, el reto ya no se cifra en posibilitar el empleo de la informática como un simple instrumento de trabajo para la elaboración material de actos procesales legalmente pre-vistos en la forma tradicional. Ahora se trata, más bien, de trasformar sustancialmente la organización y el funcionamiento de la Oficina Judicial, con la generalización de las comunicaciones electrónicos, y, al mismo tiempo, establecer sistemas eficaces de conservación y digitalización de la información judicial, como medio de crear vehículos seguros de transmisión y recepción de información por y entre los órganos jurisdiccionales.
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El objetivo central de este trabajo de investigación es identificar los factores que afectan a la calidad del trabajo de los periodistas ante la creciente interactividad digital, así como valorar en qué medida influyen en la legitimación de estos profesionales como responsables de garantizar la accesibilidad, veracidad y credibilidad de la información. Podemos descomponer este planteamiento en cuatro objetivos específicos: Valorar las influencias directas e indirectas que tiene las nuevas TIC en el entorno periodístico profesional Calibrar el valor potencial de Internet como plataforma para desarrollar un trabajo periodístico mas colaborativo, profundo y profesional. Conocer cómo perciben y valoran los periodistas sus procesos y rutinas de trabajo, así como los resultados de los mismos, desde que Internet y las nuevas TIC tiene una presencia notaria en las redacciones Identificar los factores más decisivos para la aproximación al perfil del periodista que mejor encaja en un escenario de comunicación interactiva.
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La presencia de criterios materiales de validez en el sistema jurídico y el significado de esta presencia son cuestiones esencialmente controvertidas en el ámbito de la Teoría del Derecho. A partir de la concepción sistemática de lo jurídico planteada por Kelsen es común definir el Derecho como un sistema de tipo dinámico y afirmar que tal carácter dinámico implica que la validez de las normas jurídicas esta en función de criterios exclusivamente formales. Frente a esta visión el presente libro pretende demostrar que los contenidos materiales de las normas necesariamente adquieren relevancia en la determinación y en la justificación de la validez jurídica, examinado la compatibilidad de esta importancia, y de sus implicaciones, con la tesis de la separación conceptual entre el Derecho y la moral, como rasgo central del positivismo jurídico. La concepción del orden jurídico como un sistema normativo mixto en el que el ejercicio valido del poder esta sometido al cumplimiento de exigencias relacionales tanto formales, o dinámicas, como materiales, o estáticas, contribuye la mejor explicación del modo en el que se contempla y opera socialmente el Derecho. Esta obra tiene su origen en la investigación del mismo título que obtuvo en noviembre de 2007 el Premio Internazionale Norerto Bobbio de la Fundación Rosselli a la mejor Tesis de Doctorado de 2006 en el ámbito de las Ciencias jurídicas.
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.. La persona, como eje a través del cual gira las relaciones de Derecho Privado, ha de ser tratada, en cuanto a su capacidad-incapacidad, atendiendo a su grado de discernimiento y voluntad, además de su entorno que, en las situaciones transitorias, se coloca como un posible factor fundamental de influencia sobre el individuo. De esta forma, con anterioridad, hemos de comenzar por el estudio de la incapacidad legal o aquella que se determina por el propio Ordenamiento Jurídico, para continuar con la capacidad natural y la incapacidad natural transitoria o trastorno mental transitorio que el es verdadero objetivo de esta investigación...
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Este estudio pretende, analizar en profundidad el Tribunal de Cuentas con dos son los objetivos primordiales: ofrecer al lector un conocimiento actualizado sobre el Tribunal en cuanto a marco jurídico e interpretación doctrinal; y elaborar un análisis empírico de la actuación del Tribunal que permita apoyar las hipótesis avanzadas. Se ha articulado en dos partes. El Capítulo Primero, aun teniendo vocación introductoria en cuanto a la configuración legal del Tribunal de Cuentas Europeo, no se limita a enunciar generalidades de la institución como su organización interna, el desarrollo práctico de la función de control financiero interno o los documentos adoptados como consecuencia de éste y su publicidad; sino que pretende establecer las particularidades inherentes al modelo de tribunal de cuentas adoptado. Se descubrirá así una institución cuya competencia de control resulta en ocasiones exorbitante en cuanto a su amplitud, con especial mención de sus limitaciones competenciales tales como las escasas exclusiones a la competencia de control, la ausencia de potestad sancionadora sobre los resultados del control y el carácter no vinculante de su competencia consultiva. A partir de este punto de partida, el Capítulo Segundo pretende ilustrar el proceso seguido por el Tribunal de Cuentas Europeo para superar las limitaciones antes analizadas y así reforzar su autoridad entre las demás instituciones. La colaboración institucional se erige en pilar principal de este proceso, y se manifestará en las distintas experiencias de relación del Tribunal de Cuentas con otras instituciones. Para comprobarlo resulta necesario acudir al análisis empírico de dichas relaciones interinstitucionales, cuyo marco natural viene dado por el procedimiento de aprobación de la gestión presupuestaria a nivel comunitario.
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Este libro es la publicación de los apuntes de clase que han servido para el estudio de las cuestiones en Antropología general y la base de reflexiones sobre el amor humano que forman parte de la exposición del sentido del matrimonio y de la familia. En principio, forma parte de un proyecto más amplio que este volumen, encaminado a exponer una clarificación intelectual de la Forma política, cuyo primer peldaño es el antropológico. El libro contiene una serie de textos que sirven para complementar la explicación y que hábilmente son usados en clase para ilustrar el principio o la cuestión que se trata en cada momento.
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Esta obra contiene temas como: Proceso de configuración del estado constitucional Teoría de la constitución El estado constitucional como estado garante de derechos y libertades Estado constitucional y teoría de las formas políticas Estado constitucional, democracia representativa y relaciones gobierno- parlamento en los sistemas parlamentarios
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La obra recoge un conjunto de textos cuya vocación es la de replantear algunos lo de los modos en que la configuración problemática de los espacios se cristaliza en concepciones de género y en las formas de vida que les son aparentemente intrínsecas. Se abordan así, entre otros temas, la cuestión de género como un problema a la vez ontológico y normativo y cómo la noción de género es últil para describir y para regular un cuerpo social sin mezcla. Se pretende también aportar algunos elementos de reflexión en el examen del lugar de lo marginal y lo periférico en la cultura institucionalizada.