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El libro del profesor Perlingieri que ahora presenta, en la versión traducida de su tercera edición en lengua italiana, supone la consolidación de una reflexión evolutiva que ha ido cimentando firmemente –casi siempre a través de estudios específicos cuyas conclusiones se incorporan sintéticamente en numerosos pasajes de la exposición- la posición científica fielmente mantenida por su autor sobre los aspectos más básicos de la normativa civil y, a través suyo y a la luz de la trascendencia que alcanzan sobre la misma los principios constitucionales, del entero ordenamiento jurídico. Toda la construcción reflexiva que constituye la obra se asienta en la idea de la naturaleza normativa de la Constitución, en el reconocimiento necesario del valor preceptivo de los principios y de las reglas constitucionales y en la superación del prejuicio. Con frecuencia persistente, de la naturaleza exclusivamente programática de la norma constitucional y del entendimiento de que tal normativa tiene como único y exclusivo destinatario el legislador ordinario.
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Este trabajo tiene su origen en un proyecto de investigación financiado por la Conserjería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León en su convocatoria de estudios socio-económicos. La Unión Económica y Monetaria (UEM, en adelante) constituyó durante algún tiempo la «niña mimada»-si se me permite la expresión- de los economistas; o, mejor dicho, su objeto propio y, casi, de exclusivo estudio y, desde luego, no les faltaba razón, ya que no descubro nada nuevo si señalo que, en efecto, la UEM es, sobre todo, una realidad económica. Ahora bien, también es una realidad jurídica y, por ello, se hacia preciso un análisis de esta nueva forma de integración, de esta expresión de una «Europa a la carta», si así se quiere decir, desde este punto de vista. Lo que el lector tiene en sus manos es precisamente un primer estudio jurídico sobre lo que se ha considerado por todos uno de los hitos más relevante en el proceso de construcción europea o, incluso, una plasmación -no sé si la primera o ya se han producido más- de lo que algunos ya han denominado la nueva forma política del siglo XXI.
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Esta obra contiene temas como: Proceso de configuración del estado constitucional Teoría de la constitución El estado constitucional como estado garante de derechos y libertades Estado constitucional y teoría de las formas políticas Estado constitucional, democracia representativa y relaciones gobierno- parlamento en los sistemas parlamentarios
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Con la publicación de libros como éste, el Derecho de Partidos en España puede que empiece a correr mejor suerte. Es cierto que se está devaluando el papel de los partidos como lugar de identificación y, en este sentido, resultan patentes sus insuficiencias funcionales y representativas. Pero desde un punto de vista jurídico aún queda mucho camino por andar, para una adecuada adaptación del Derecho de Partidos a los esquemas que exige el Estado de Derecho. Este resbaladizo sector del ordenamiento jurídico debe tornarse más claro que oscuro y a ello contribuye, sin ningún género de dudas
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El trabajo que tiene el lector entre sus manos echó a andar merced a la concesión en 2005 de una ayuda del Centro de Estudios Andaluces. Vaya nuestro agradecimiento, pues, a la institución que inicialmente nos financió y que nos ha facilitado la Encuesta Social Andaluza en que también se apoya el análisis empírico. Pero vaya, de forma significada y cariñosa, a Ángel Rodríguez. Confió en nosotros para aquel proyecto de acrónimo imposible PPERA: Participación Política de los Extranjeros Residentes en Andalucía. Propuestas de reformas constitucionales y estatutarias. Mayte Echezarreta merece igualmente nuestra gratitud por el tesón y el acierto con que dirige el grupo de investigación EURIE, del que los dos autores formamos parte, y sin el que difícilmente nos hubiéramos planteado esta empresa. El resultado que aquí se presenta se ha beneficiado de diferentes reuniones científicas en las que hemos participado a lo largo de tres años, y de las aportaciones que en ellas han realizado colegas de diferentes disciplinas académicas. Tal es el caso de los dos seminarios organizados por el propio Centro de Estudios Andaluces; del Congreso Internacional Migrations and social policies in Europe, celebrado en la Universidad Pública de Navarra; del Seminario Permanente Interdisciplinar de Estudios sobre Inmigración, de la Universidad de Málaga; de las Jornadas sobre Gerontoinmigración en la Costa del Sol: El caso finlandés, organizadas en la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga por EURIE, y del Workshop internacional Inmigración, Derechos Humanos y Cooperación Judicial Penal Internacional. ¿Hacia qué modelo social?, organizado, también en la Facultad de Derecho, por INCODEHUM a principios de 2008.
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La constante evolución social, y singularmente la evolución tecnológica, requieren del ordenamiento jurídico europeo una permanente esfuerzo de adecuación y de reactulización jurídica. Esta circunstancia se ratifica en la importancia que adquieren en la actualidad el estudio del derecho a la vida privada y a la protección de datos de carácter personal como derechos fundamentales. Si históricamente han existido exponentes de desarrollo como los económicos, sociales, industriales, de potencia militar, entre otros, en la actualidad, un elemento de referencia del desarrollo y la evolución social es sin duda el nivel de reconocimiento y garantía de los derechos y libertades, y singularmente aquellos que tienen una directa relación con la evolución tecnológica.