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El libro del profesor Perlingieri que ahora presenta, en la versión traducida de su tercera edición en lengua italiana, supone la consolidación de una reflexión evolutiva que ha ido cimentando firmemente –casi siempre a través de estudios específicos cuyas conclusiones se incorporan sintéticamente en numerosos pasajes de la exposición- la posición científica fielmente mantenida por su autor sobre los aspectos más básicos de la normativa civil y, a través suyo y a la luz de la trascendencia que alcanzan sobre la misma los principios constitucionales, del entero ordenamiento jurídico. Toda la construcción reflexiva que constituye la obra se asienta en la idea de la naturaleza normativa de la Constitución, en el reconocimiento necesario del valor preceptivo de los principios y de las reglas constitucionales y en la superación del prejuicio. Con frecuencia persistente, de la naturaleza exclusivamente programática de la norma constitucional y del entendimiento de que tal normativa tiene como único y exclusivo destinatario el legislador ordinario.
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Sin stockLa Iglesia, desde sus orígenes, siempre ha intentado destacar y proteger la grandeza y dignidad del matrimonio, sobre todo en aquellos tiempos en los que los vaivenes culturales han sido más contrarios al mismo. Los nuestros son, precisamente, tiempos difíciles para la institución matrimonial. La realidad de las crisis conyugales no es uno más de los muchos problemas que asaltan al ser humano; se trata de una auténtica patología social, una «nueva enfermedad» epidémica de difícil tratamiento a corto plazo, y cuyas consecuencias han hecho cambiar buena parte de los estamentos sociales, afectando la vida diaria de manera decisiva. La pastoral matrimonial y los tribunales eclesiásticos se encuentran a diario con esta patología de los matrimonios, intentando buscar «soluciones» cuando ello sea posible. La Instrucción «Dignitas connubii» viene a destacar la necesidad de someter la cuestión sobre la nulidad del matrimonio de los fieles a un proceso judicial con todas las garantías. La Iglesia reivindica su competencia sobre estas causas, ya que está en juego la propia existencia del matrimonio; desinteresarse de este problema sería oscurecer la propia sacramentalidad del matrimonio, lo cual, en las actuales circunstancias socioculturales, supondría contribuir firmemente a firmar el acta de defunción del matrimonio como institución. los autores de esta obra, proceden ambos de la vida académica —profesora propia de la Pontificia Universidad de Comillas, y profesor asociado de dicha Universidad y de la Universidad de Navarra y del Estudio Rotal para Abogados y Psicólogos— y también de la «tarea» judicial —uno como Juez del Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica de España, y la otra como Defensor del Vínculo del Tribunal Metropolitano de Madrid.
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El Derecho penal de menores o Derecho penal juvenil, es una disciplina que ha alcanzado un gran desarrollo en los últimos años, pasando de ser considerado un Derecho penal en miniatura, hasta ser catalogado como un Derecho penal especial con un grado de autonomía e independencia cada vez mayor. Ello se debe en gran parte a la preocupación que muestra la sociedad española ante el fenómeno, parece ser que emergente, de la delincuencia juvenil y sus nuevas manifestaciones (bandas juveniles, bullying o acoso escolar, delincuencia callejera, etc.), lo que ha llevado al legislador a mostrar mayor interés por este fenómeno delictivo, y por articular una respuesta penal acorde con un tipo de delincuentes a los que no se les puede exigir el mismo grado de responsabilidad penal que a los adultos. La principal pretensión de este trabajo consiste en desarrollar de manera sistemática y con un lenguaje claro y preciso, el sistema penal de justicia juvenil en España y su desarrollo normativo mediante la LO 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, sus principales reformas y el Reglamento de 30 de julio de 2004. Para favorecer la consecución de este objetivo, los autores (profesores de Derecho Penal, Procesal y Criminología de la UNED) no se han limitado a comentar, con mayor o menor profundidad, el articulado de la LORRPM, donde acometen un análisis exhaustivo de la justicia penal y del proceso penal de menores, sino que además, por una parte, han expuesto a lo largo de dos capítulos una serie de consideraciones criminológicas sobre la delincuencia juvenil para que el lector conozca con un mayor rigor, las principales particularidades que rodean a este complejo fenómeno. Por otra parte, para que el lector no iniciado comprenda mejor el ámbito jurídico penal en el que se desenvuelve el Derecho penal juvenil, se describen en un capítulo de forma somera los elementos del delito que en una relación lógica necesaria, conforman la base del análisis de la estructura del delito, prestando una especial atención a la imputabilidad como presupuesto de la culpabilidad.
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La presencia de criterios materiales de validez en el sistema jurídico y el significado de esta presencia son cuestiones esencialmente controvertidas en el ámbito de la Teoría del Derecho. A partir de la concepción sistemática de lo jurídico planteada por Kelsen es común definir el Derecho como un sistema de tipo dinámico y afirmar que tal carácter dinámico implica que la validez de las normas jurídicas esta en función de criterios exclusivamente formales. Frente a esta visión el presente libro pretende demostrar que los contenidos materiales de las normas necesariamente adquieren relevancia en la determinación y en la justificación de la validez jurídica, examinado la compatibilidad de esta importancia, y de sus implicaciones, con la tesis de la separación conceptual entre el Derecho y la moral, como rasgo central del positivismo jurídico. La concepción del orden jurídico como un sistema normativo mixto en el que el ejercicio valido del poder esta sometido al cumplimiento de exigencias relacionales tanto formales, o dinámicas, como materiales, o estáticas, contribuye la mejor explicación del modo en el que se contempla y opera socialmente el Derecho. Esta obra tiene su origen en la investigación del mismo título que obtuvo en noviembre de 2007 el Premio Internazionale Norerto Bobbio de la Fundación Rosselli a la mejor Tesis de Doctorado de 2006 en el ámbito de las Ciencias jurídicas.
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Esta obra focaliza su contenido sobre los límites a la libertad de expresión e información que tiene una correlación más directa con el individuo, y con su libre desarrollo. Pero estamos convencidos de que la interconexión de estos derechos es clave para el correcto desarrollo social, incluso podríamos ir un poco más allá en la afirmación, y manifestar que son esenciales para el correcto desenvolvimiento de la organización social. En la misma proporción den la que existan desequilibrios en la relación de los derechos de los que nos ocupamos, se producirán en la organización social disfunciones. De igual forma que una equilibrada relación entre libertad de comunicación y derechos individuales produce un efecto cohonestador en la sociedad, la dinamiza y la introduce en una dialéctica positiva.
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El término biomedicina alude en la actualidad a un conjunto de conocimientos y aplicaciones prácticas para el ciudadano de la salud. La regulación jurídica de la sanidad (en el sentido más amplio) ha tenido desde siempre una gran relevancia por las múltiples implicaciones de esta actividad en la vida de las personas y, por ende, en la propia sociedad. Gran parte sino todos los aspectos que se ubican dentro del concepto de Biomedicina están regulados por las normas de diferente naturaleza y alcance tanto en las legislaciones nacionales como en la legislación de la Unión Europea que han cobrado progresiva relevancia en las sociedades actuales. Desde hace algunos años, además, los resultados de la investigación biomédica y biotecnológica han acrecentado la necesidad de revisar la legislación o de dotar de nueva regulación a situaciones antes desconocidas. Conocer estas normas y su aplicación básica resulta hoy esencial para todo aquel que desenvuelva su actividad profesional o académica en este vasto campo así como para los propios ciudadanos que pueden verse afectados por estas prácticas sanitarias.
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Recopilación de trabajos de investigación sobre temas que giran en torno a la “responsabilidad jurídica”, cuyos autores por su preparación y experiencia aportan aspectos y matices prácticos sobre el tema o trabajo tratado. El nacimiento de la obligatio como vinculum iuris llevó aparejado la necesidad de apertura de un cauce priocesal especifico en el que se permitiera al iudex la condena a los que se debía dar o hacer (dare facere oportere) contenido en el acuerdo verbal de la sponsio. Mediante la legis actio iudis postulationem se produjo el nacimiento del concepto procesal de actio como derecho a perseguir en el juicio lo que nos es debido…
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El objetivo del libro es analizar las posibles injusticias y detectar nuevas dimensiones de los derechos fundamentales, para que puedan ser invocadas ante los jueces y tribunales. Los firmantes de los artículos proceden de distintas especialidades, lo que sin duda enriquece la detección de los diferentes problemas.
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En la última década constatamos numerosos avances en la disposición de medidas sociales, políticas y económicas que conforman toda una red de programas y servicios a favor de las personas con discapacidad. La plena integración social implica su incorporación al mundo laboral, particularmente compleja en el caso de las personas con discapacidad intelectual y más aun si se trata de mujeres con discapacidad puesto que pueden encontrarse en riesgo de doble exclusión en su acceso al empleo. Además de exponer inicialmente enfoques teóricos, datos estadísticos e investigaciones a partir de los que se traza el contexto diverso de la discapacidad, este libro presenta un análisis extenso y cuidadoso de la situación actual de los trabajadores con discapacidad intelectual en una muestra de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid. Adentrándose en factores inhibidores y facilitadores de integración sociolaboral y su interacción con diversos aspectos como el tipo y el grado de discapacidad, se plantea la Orientación Profesional como un medio para promover tal integración a través de múltiples estrategias, procedimientos y recursos, y se ofrece un modelo de acción orientadora para la formación y el empleo de las personas con discapacidad.
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Sin stockEs sabido por los estudiosos de las Ciencias Criminológicas que, a partir de mediada la década de los setenta del pasado Siglo, la Criminología Clínica ha venido escuchando voces no sólo sobre su puesta en duda, sino también de explícita invocación descalificadora, de abierta recusación. ¿Es entonces, a estas alturas, momento oportuno de presentar un “Tratado de Criminología Clínica”? Parece que no es sólo ese momento. Que estamos, además, ante la conveniencia (si no la necesidad) de abordar, en primer término, el esclarecimiento del verdadero concepto y genuina orientación de esta categoría de Criminología, obscurecidos y distorsionados por exposiciones del “género”, pretendidamente científicas. Exposiciones, muchas de ellas, que, desde luego, ponen de manifiesto su resistencia a ofrecer, con objetividad, el campo de indagación y las verdaderas funciones de la misma. Que le achacan, sin más, no investigar, en el delincuente concreto, plataforma desde la que se ha de estudiar, aquí, el fenómeno criminal, vertientes tan relevantes como la contextualizad sociológica, por la que, se quiera o no, se encuentra condicionado y, a menudo, hasta intensamente afectado de forma negativa, cualquier actor de la criminalidad. En esa línea de acusación, no son pocos los que se mantienen otorgándole atribuciones de descansar sobre conceptos (basamentos cardinales para esta Disciplina) impregnados del más tradicional y rancio positivismo. Lo que hoy, más bien, está lejos de la realidad. Al menos, para sus insignes tratadistas y cultivadores. Por si fuera escasa la entidad de las precedentes “imputaciones”, hay quienes enfatizan en el presunto fracaso de sus instituciones más representativas, como el Tratamiento del delincuente. Cuando lo cierto es que éste, por ejemplo, si apenas se ha puesto en verdadera práctica en lugar alguno. O hacen hincapié en la pretendida debilidad (falibilidad) de sus métodos de trabajo. ¡Como si alguna de las ciencias empíricas del comportamiento humano gozara de infalibilidad… o algo aproximado. El autor de este “Tratado” intenta, al respecto, traer ponderación y cierta luz sobre estas cuestiones, empezando por no negar las dificultades que, tanto teórica como operativamente, encierra esta rama criminológica. Pero, al mismo tiempo, argumentando contra los excesos dirigidos contra ella. En segundo, y principal término, por lo demás, su esfuerzo más remarcable se refleja en la elaboración de un completo sistema de la Criminología que ahora se somete a análisis. Esfuerzo que, según él, merece asimismo la pena porque la Criminología Clínica, que nunca ha desaparecido, y menos aún fenecido, hace ya algunos años que ha iniciado, de nuevo, el vuelo, haciéndonos otear espléndidas perspectivas. El autor documenta y razona, con seriedad, todo ello, a través de su sugerente y amplio estudio.
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¿Desde qué modelos intelectuales venimos “abordando” y “gestionando” habitualmente (con sus virtudes y sus defectos) la nación y el nacionalismo –y las cuestiones en general de las identidades colectivas– en el ámbito europeo? Respondo a esta pregunta –que recorre todo el libro– examinando (y reconstruyendo) los debates y enfoques intelectuales sobre el hecho nacional que, desde el inicio moderno de las naciones hasta prácticamente la segunda guerra mundial, han sido más persistentes y se encuentran más arraigados entre los intelectuales europeos. Debates y enfoques, a considerar por ello “clásicos”, relacionados con 3 ámbitos teoréticos muy concretos: la Historia, la Sociedad civil y el Estado. Y que han ido configurándose entre 1762 y 1936. El debate inaugural que ha reunido el interés de los intelectuales (Capítulo 2) tiene lugar en el ámbito de la “teoría de la Historia” y ha significado el intento (a partir del s. XIX, aunque arranca a finales del s. XVIII) de legitimar (o, a veces, impugnar) a una nación a través de la construcción o deconstrucción de la narración de su memoria colectiva en la Historia. El segundo gran debate (Capítulo 3) tiene como sede la “teoría social” (o teoría de la sociedad) y versa (desde la segunda mitad del s. XIX) sobre la “clase de fundamentación” con la que concebir a la Sociedad civil para que constituya una nación (es decir, los tipos de nación). Y, finalmente, el tercer debate capital hasta la segunda guerra mundial (Capítulo 4) se desarrolla, desde inicios del s. XX y a raíz del principio de las nacionalidades, en el campo de la “teoría del Estado”; abordando cómo ha de construirse la integración dogmática de la nación (su “status político”) en el núcleo conceptual del Estado (a modo de un “elemento” más del mismo) y, en general, en la doctrina estatal. Las respuestas (numerosas y enfrentadas) de los eruditos en cada una de estas tres grandes controversias han generado –en un sentido teorético y metodológico– modos paradigmáticos de enfocar el hecho nacional, es decir, “modelos (o arquetipos) intelectuales” desde los que afrontarlo y comprenderlo, y que han venido a articular formas típicas de gestionarlo. Se trata, en definitiva, de las visiones más populares y de más éxito entre los intelectuales desde el inicio moderno de las naciones hasta aproximadamente la segunda mitad del s. XX. El libro, por tanto, dá cuenta de casi 175 años de pensamiento europeo sobre el tema “nacional” (1762-1936) a través de esos arquetipos intelectuales. Aun la aparición de enfoques más contemporáneos a partir de la segunda posguerra mundial, en la actualidad (con sus efectos positivos y negativos y sus equívocos que el libro también constata), dichos modelos intelectuales (“clásicos”) siguen generando buena parte de la “opinión pública” con la que en nuestros Estados de Derecho nos posicionamos ante las cuestiones nacionalistas y las identidades colectivas.
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Sale a la luz por primera vez este Manual de Derecho Civil. Parte generalt para cuya redacci¢n he contado con la colaboraci¢n del Dr. Alberto Serrano Molina. Condesa casi dos d‚cadas de docencia y en algunos temas aporta frutos directos de la investigaci¢n realizada. ¨Por qu‚ un nuevo Manual existiendo magn¡ficas obras de reconocidos profesionales en el mercado? Por dos razones: una de car cter docente, y otra, m s acad‚mica. En efecto, esta obra ha sido concebida, en primer lugar, como instrumento docente; segundo, plantear y discutir las cuestiones problem ticas, descendiendo, en lo posible, a sus consecuencias pr cticas, porque el derecho es ciencia y t‚cnica (para los cl sicos, arte) y ‚sta, supuesta aqu‚lla, s¢lo se adquiere con la experiencia y la pr ctica. En este contexto es en el que se inserta el Manual; con ‚l se pretende facilitar al alumno una informaci¢n completa y ordenada de los temas de propaganda de Derecho Civil que le permita reducir el tiempo de dedicado a la recopilaci¢n de la misma para centrarse m s en la reflexi¢n y asimilaci¢n de los conceptos y de sus implicaciones pr cticas. En este £ltimo aspecto, la funcionalidad docente es complementada por ‚l; Practicum de Derecho Civil. Parte general, obra del Dr. Alberto Serrano Molina y m¡a, en el que se proponen un conjunto de ejercicios, actividades y lecturas con la finalidad de que el alumno haga pr ctico su saber te¢rico.
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...un libro capaz de ofrecer una visión completa, rigurosa, pero general, de las libertades informativas en el entorno de habla hispana; un libro para una comunidad cultural llena de peculiaridades nacionales que nos separan, pero que especialmente comparte lengua, cultura, costumbres y, en la mayoría de los casos, juventud democrática...
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La constante evolución social, y singularmente la evolución tecnológica, requieren del ordenamiento jurídico europeo una permanente esfuerzo de adecuación y de reactulización jurídica. Esta circunstancia se ratifica en la importancia que adquieren en la actualidad el estudio del derecho a la vida privada y a la protección de datos de carácter personal como derechos fundamentales. Si históricamente han existido exponentes de desarrollo como los económicos, sociales, industriales, de potencia militar, entre otros, en la actualidad, un elemento de referencia del desarrollo y la evolución social es sin duda el nivel de reconocimiento y garantía de los derechos y libertades, y singularmente aquellos que tienen una directa relación con la evolución tecnológica.
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La intención de los autores ha sido seleccionar normas internas de Derecho español a nivel estatal (de diverso rango: leyes, reales decretos...), una norma paradigmática de carácter autonómico, jurisprudencia constitucional y pactos/convenios internacionales, todas ellas reguladoras de diversos aspectos bioéticos o que sirven de base a la normativa bioética. No se trata de una obra crítica o comentada de estos textos normativos. Se ha pretendido elaborar un simple y sencillo material complementario de otras herramientas de estudio. Por lo tanto, se presenta el texto tal como aparece publicado en las normas recogidas. La finalidad es facilitar a los estudiosos de estos temas un material "desnudo" de cualquier punto de vista o análisis subjetivo y al que puedan acceder fácilmente y para realizar su análisis personal.
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El futuro de la comunicación y del periodismo está en la Red, sea cual sea la tecnología que vaya adoptando esa Red. Se presenta diversas aproximaciones que tratan cuestiones que van desde las bases de nuestra sociedad digital o el papel de lo digital en la historia global del periodismo, pasando por las nuevas capacidades y habilidades que necesita el profesional de la información a la hora de enfrentarse a este dominio tan cambiante. Sin desdeñar la relevancia de aspectos como las formas de organización, tratamiento, visualización y diseño en los medios digitales; las implicaciones del hipertexto, y los géneros en los nuevos medios; el uso de las fuentes de información; los modos y formatos del nuevo periodismo; la radio y la televisión en Internet, así como con otras cuestiones básicas y que, en ocasiones, no son tratadas en los textos al uso como son la audiencia y la propiedad intelectual en el contexto electrónico.
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El objetivo de esta publicación es mostrar una visión global de la inmigración a nivel internacional, analizando algunos aspectos que tienen lugar en el entorno de la inmigración ilegal, que es la que da lugar a la marginación y explotación. En ningún caso pretendemos asociar inmigración con delincuencia, pero si poner de relieve los problemas derivados del fenómeno migratorio incontrolado o anárquico y hacer un breve análisis de algunas de las conductas delictivas más importantes generadas por la actuación de redes o grupos organizados de delincuentes internacionales. Las actuales condiciones de precariedad en las que viven los habitantes de numerosos países de África, Asia y Latinoamérica incrementarán los flujos migratorios en los próximos años. Las previsiones más optimistas apuntan que en los años venideros aumentará la llegada de trabajadores de origen rumano –a pesar del ingreso de Rumanía en la UE- y de otros países del Este de Europa; se reducirán los flujos procedentes de países latinoamericanos, y se incrementará el número de los procedentes de Marruecos y el África subsahariana. La inmigración no sólo se ha europeizado, sino que es universal y requiere un tratamiento global. Los países receptores de emigrantes deberán buscar las soluciones adecuadas al objeto de integrar a los recién llegados, y éstos, a su vez, deben adaptarse a las pautas culturales y legales de las sociedades de acogida para que este fenómeno no se convierta en un auténtico problema que genere conflictos internos y afloren comportamientos racistas y xenófobos en un sector de la población.
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El presente libro pretende ser un complemento a la anterior obra titulada “Introducción al derecho proceso penal (especialmente dirigido a Criminólogos y Policía Judicial)”, en la que se estudian los conceptos básicos de esta materia. Con ese mismo objetivo se pública el presente trabajo basado en la práctica procedimental desde el punto de vista de la de las actuaciones que debe llevar a cabo la Policía Judicial. Su contenido se divide en lecciones para su mejor estudio, empezando con un estudio de la naturaleza, composición y funciones de la Policía Judicial en España y de su principal herramienta, el atestado, sin olvidar otras formas de iniciación del procedimiento penal como son, entre otras, la denuncia y la querella. Igualmente, se aborda el estudio de temas tan importantes como son la protección de las víctimas, testigos o peritos, medios de investigación y prueba, entre los que se pueden destacar: La intervención telefónica, la entrada y registro, la inspección ocular, el agente encubierto y la entrega vigilada; además se realiza un análisis de la violencia doméstica y la de género, la detención y, por último, unas nociones básicas de “Derecho Procesal Militar”, debido a que algunos de los componentes de la Policía Judicial tienen disciplina militar, como es el caso del Cuerpo de la Guardia Civil. En resumen, esta obra intenta ser una herramienta de consulta, principalmente, para los miembros de la Policía Judicial en su actuación en y para el proceso penal, de tal forma que resulte de utilidad en aras de conseguir diligencias policiales de calidad.
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La Ley Desmedida trata de dar cuenta de la desbocada realidad legislativa y de cuanto de conflicto supone imponer un modelo constitucional normativo plagado de contenidos materiales quizá poco respetuosos del sistema de fuentes positivas del Derecho, de la separación entre el Derecho y la moral, de las garantías judiciales y de la seguridad jurídica. Pero lo hace con la perspectiva crítico-constructiva de impulsar la mejora del Derecho en el horizonte claro de la rehabilitación de una teoría y una técnica legislativas que reemprendan el camino abandonado por el iuspositivismo formal aunque sin abandonar la evidencia de la positividad y conformándose a las condiciones y exigencias que caracterizan a la sociedad múltiple, compleja y reclamante que campa por la realidad actual.
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Este estudio pretende, analizar en profundidad el Tribunal de Cuentas con dos son los objetivos primordiales: ofrecer al lector un conocimiento actualizado sobre el Tribunal en cuanto a marco jurídico e interpretación doctrinal; y elaborar un análisis empírico de la actuación del Tribunal que permita apoyar las hipótesis avanzadas. Se ha articulado en dos partes. El Capítulo Primero, aun teniendo vocación introductoria en cuanto a la configuración legal del Tribunal de Cuentas Europeo, no se limita a enunciar generalidades de la institución como su organización interna, el desarrollo práctico de la función de control financiero interno o los documentos adoptados como consecuencia de éste y su publicidad; sino que pretende establecer las particularidades inherentes al modelo de tribunal de cuentas adoptado. Se descubrirá así una institución cuya competencia de control resulta en ocasiones exorbitante en cuanto a su amplitud, con especial mención de sus limitaciones competenciales tales como las escasas exclusiones a la competencia de control, la ausencia de potestad sancionadora sobre los resultados del control y el carácter no vinculante de su competencia consultiva. A partir de este punto de partida, el Capítulo Segundo pretende ilustrar el proceso seguido por el Tribunal de Cuentas Europeo para superar las limitaciones antes analizadas y así reforzar su autoridad entre las demás instituciones. La colaboración institucional se erige en pilar principal de este proceso, y se manifestará en las distintas experiencias de relación del Tribunal de Cuentas con otras instituciones. Para comprobarlo resulta necesario acudir al análisis empírico de dichas relaciones interinstitucionales, cuyo marco natural viene dado por el procedimiento de aprobación de la gestión presupuestaria a nivel comunitario.
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“Se ofrece aquí al público culto un trabajo único, que recorre todas las interpretaciones solventes del Eterno Retorno, marcando la diferencia de nuestra epocalidad en los términos de una Ontología Estética. Tal es la materia asombrosa de la que están hechos estos dos libros de José Vidal Calatayud, el primero de los cuales presentamos. Se pone en nuestras manos de manera detallada, argumentada y documentada, la biblioteca esencial de nuestra época. Y ello reuniendo los textos y los debates, las obras que la configuran a partir de una rigurosa selección erudita tan cuidadosa y honesta con los ingentes materiales consultados como firme en la crítica y en el aliento apasionado del filósofo, en busca de la verdad y la creatividad siempre hasta el límite. Hay una paciente maestría y un exquisito respeto al articular un material documental ingente. Hacía mucho que no me encontraba con la posibilidad de degustar el sabio placer que depara el buen hacer del oficio filosófico; más aún tratándose de temáticas inéditas tan encrespadas como éstas. Pues se trata aquí de la verdad insobornable de lo que hoy está en juego: el sentido de las guerras mundiales, las contradicciones de la racionalidad, la implicación del arte y la libertad en el nihilismo que arrasa los tiempos y lugares del capitalismo de consumo, los cambios de percepción por unas tecnologías cotidianas convertidas en prótesis; y, sobre todo, las señales del darse del ser en nuestra época. De la violencia edípica del tiempo metafísico, recusada por la lógica del Eterno Retorno. En efecto, este es un libro surgido de la necesidad. Una obra llena de matices y pinceladas que toman un nítido contorno a una cierta distancia; un libro-pintura escrito en un estilo artístico que hace lo que dice y dice lo que hace. Ha habido que devolver la palabra a Nietzsche para discutir la filosofía de Heidegger, a fin de girar todo el ciclo de comprensión acaecido entre los dos pensadores, y desde éstos llegar hasta la compleja actualidad de nuestro ahora. La sincronía intempestiva se impone sobre la diacronía; en filosofía en general, y en ontología estética en particular, no hay un antes y un después, sino un siempre-ahora. Nietzsche contra Heidegger-Hilos de Ariadna I es un libro indispensable para los estudiosos de la ontología estética en que convergen el arte y la filosofía actual; un libro que muestra la urgencia para las obras del arte y del pensamiento de responder a la necesidad histórica de entregarse a la experiencia del pensamiento como arte, tras Nietzsche y Heidegger. La sensibilidad exquisita de José Vidal Calatayud manifiesta entonces su estatuto híbrido, y comprendemos de repente que la escritura de este libro no es la de un filósofo cualquiera, sino la de un filósofo-pintor, que conoce todos los matices de las resonancias del alma.”
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Sin stockLa conquista de una plena igualdad entre mujeres y hombres requieres la superación del orden jurídico-político y cultural del patriarcado. Ello pasa necesariamente por la revisión de la masculinidad hegemónica y de un contrato social hecho a imagen y semejanza del diligente padre de familia. Una tarea que ha de empezar por el análisis crítico de la identidad masculina y que ha de proyectarse finalmente en los dos ejes que articulan un sistema constitucional: la ciudadanía y el poder. O lo que es lo mismo, por la asunción de que los hombres también tenemos género y de que la democracia o es paritaria o no es.
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Sin stockLos estudios recogidos en el presente volumen proceden de las Ponencias presentadas por sus autores a los largo del Seminario de la Filosofía del Derecho integrado en los trabajos de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Los temas estudiados en este Seminario tienen carácter común de referirse a la Teoría del Derecho, o sea, a investigaciones transversales en todo el campo del Derecho. Relevancia Jurídica, Capacidad Jurídica, Licito e ilícito jurídicos, Responsabilidad Jurídica. Este último concepto requiere mayor profundización y abarca mayor diversidad: no en vano la noción de “responsabilidad” es comprensiva de toda la realidad jurídica, en paralelo con las nociones de “libertad” y de “coacción”, matices por tanto presentes en todos los estudios que puedan ser referidos a una materia jurídica cualquiera. Se trata la necesaria reflexión sobre conceptos fundamentales del pensamiento sobre la realidad jurídica, observando si vigencia en diversos sectores de la teoría y de la practica jurídica, para circunscribirse las nociones fundamentales del Derecho y aproximarse con mayor exactitud y rigor a teorías jurídicas ampliamente convincentes.
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La necesidad de adoptar mecanismos procesales y judiciales que garanticen la protección de los derechos de propiedad industrial e intelectual constituye un objetivo de los Estados, tanto en el ámbito internacional como el comunitario. A pesar de haber adoptado diversas directivas comunitarias – en particular, la Directiva 2004/48 sobre la observancia de los derechos – y tratados internacionales – el Acuerdo ADPIC, en el marco de la OMC – para garantizar este objetivo, la efectividad de los mismos en Europa disminuye cuando los litigios en los que se ven inmersos los titulares de estos derechos adquieren un carácter transfronterizo. Ello es debido a que el sistema de competencia judicial internacional vigente en la Comunidad Europea – establecido en el Reglamento 44/2001 y los Reglamentos sobre derechos de propiedad industrial comunitarios – presenta algunas carencias constatables en la jurisprudencia de los tribunales nacionales y del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Por un lado, el sistema impone obstáculos para que los titulares de derechos de propiedad industrial puedan concentrar ante un mismo tribunal sus demandas por infracciones de derechos sufridas en una pluralidad de Estados. En muchos supuestos, para obtener una protección integral de sus derechos, los titulares se ven obligados a presentar demandas en cada uno de los países en los que se ha sufrido la infracción, circunstancia que alarga enormemente los procesos, encarece el acceso a la justicia y, además, resta seguridad jurídica, pues los tribunales de un Estado no están obligados a adoptar la misma sentencia que se ha adoptado en otro. Por otro lado, como queda demostrado por la práctica judicial en ciertos Estados miembros, ciertas disposiciones del Reglamento 44/2001 son utilizadas fraudulentamente por los infractores de derechos de propiedad industrial e intelectual para dilatar la duración de los procesos, circunstancia que, de nuevo, erosiona el objetivo de garantizar un alto nivel de protección de estos derechos. Entre otras estratagemas, nos referimos a la práctica de los “torpedos” – la presentación de una acción declarativa de ausencia de infracción en un Estado para paralizar cualquier acción por infracción que el titular de los derechos pueda presentar ante los tribunales de cualquier otro Estado miembro – o a la presentación de acciones o excepciones de nulidad del derecho de propiedad industrial ante los tribunales del Estado de registro para paralizar los procedimientos sobre infracción de dichos derechos iniciados ante los tribunales del Estado del domicilio del demandado. El presente trabajo está destinado analizar estas carencias del régimen de competencia judicial internacional en materia de propiedad industrial e intelectual establecido por el Reglamento 44/2001 y los Reglamentos de derechos de propiedad industrial comunitarios. Se pretende, también, ofrecer propuestas para solucionar estos problemas y facilitar que, además de garantizar el principio de seguridad jurídica y el derecho de defensa que asiste a todo demandado, el régimen de competencia judicial internacional comunitario asegure ese otro objetivo de las instituciones consistente en la tutela efectiva de la propiedad industrial e intelectual.
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Sin stockA pesar de ser la tradición lógica más desarrollada a lo largo de la historia de la filosofía, la lógica aristotélica es hoy una gran desconocida. Desconocida para sus detractores, que le atribuyen una candidez sólo superada por el advenimiento de la lógica matemática, pero también desconocida para gran parte de sus defensores, habitualmente más preocupados por otros aspectos de la filosofía aristotélica y escolástica.Este libro presenta de nuevo al gran público, de manera sistemática y actualizada, esta gran tradición del pensamiento occidental. No le guía un interés histórico o erudito, sino abrir de nuevo el camino hacia una lógica realista, apoyándose para ello tanto en la filosofía de Aristóteles como de sus principales comentaristas medievales, sin despreciar las aportaciones más valiosas de la lógica matemática contemporánea. El resultado es a la vez ambicioso, original y didáctico
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En este destacable libro, editado por Helmut Kury y Alfonso Serrano Maíllo, podemos observar un buen conjunto de ejemplos de ideas intelectuales que han llegado muy lejos y a una gran audiencia. Los autores proceden de un abanico de países tanto europeos como sudamericanos: Alemania, Argentina, Colombia y España. Las ideas que discuten son incluso más variadas: victimación, delitos sexuales, punitividad, policía e inseguridad. Lo que la diversidad cultural europea (junto con la incluso más amplia diversidad cultural que uno encuentra cuando comienza a pensar en términos globales) hace es permitirnos algo semejante a un laboratorio natural para estudiar formas sociales y económicas y cómo éstas moldean y transforman (a lo largo de las tradiciones a las que acabo de referirme) cambios más amplios (quizá globales) tales como, por ejemplo, el aparente aumento en la punitividad en muchas naciones desarrolladas. A este respecto, los países y sus diferentes tradiciones representan una forma de estructuras sociales de nivel macro, económicas, políticas y culturales. Sin embargo, como científicos sociales, en ocasiones hemos tardado demasiado en reconocerlo (aunque no debemos olvidar las perspicaces observaciones de Durkheim o Weber). Sólo recientemente hemos desarrollado herramientas de suficiente calidad (tales como la Encuesta Social Europea, por ejemplo) que nos permitan explorar exhaustivamente la diversidad europea en materia de opinión y experiencia utilizando una metodología común.
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El presente libro se ha realizado con la intención de ofrecer un análisis lo más exhaustivo e independiente posible, sobre la nueva problemática surgida en la actual “sociedad de la información”, y en especial en el uso de Internet, en relación a los delitos contra la Propiedad Intelectual. De este modo se exponen y analizan cada una de las corrientes y doctrinas existentes, a fin de ofrecer todo el espectro de posibilidades que se plantean en el ámbito de los delitos contra la Propiedad Intelectual, intentando determinar la mejor resolución para cada uno de los problemas que surgen en el tema tratado. Además, uno de los principales propósitos de este libro ha sido el de analizar si el Derecho Penal español, en su regulación de los delitos relativos a la Propiedad Intelectual, cumple eficazmente su voluntad de proteger los intereses patrimoniales de los autores, los editores o los productores, frente a los nuevos comportamientos ilícitos y dañosos de los derechos de Propiedad Intelectual surgidos a la luz de la “sociedad de la información”, lo cual se ha debido en gran medida a la nueva revolución que ha supuesto Internet, al multiplicarse las posibles formas de infracción de los derechos de Propiedad Intelectual.
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La verdadera eficacia del Derecho Penal no se agota en la restauración de la vigencia de la norma desobedecida y quebrantada por el delito mediante la retribución que el castigo punitivo representa, ni en la restauración, reparación del daño o la indemnización de los perjuicios materiales y morales ocasionadas al sujeto pasivo víctima y perjudicados-artículo 110 CP-, como tampoco en la reeducación y reinserción social del delincuente-artículo 25.2 CE- o la prevención esencial y general asignadas como funciones conminatoria y educativa a la pena. Si bien éstas pueden ser admitidas como objeto y finalidad principal de la sanción penal, la sociedad del Estado Social y Democrático de Derecho y de la Globalización demanda otros fines y efectos a un Derecho Penal en el que no sólo la víctima directa, y perjudicados eventuales, de la infracción sean objeto de atención procesal, protección y resarcimiento, sino que más allá de éstas funciones tradicionales debe tener por finalidad el restablecimiento del equilibrio económico social roto por el delito a favor de sus responsables y terceros beneficiarios, y tanto sean de responsabilidad criminal-artículo 127.3 CP- o responsables civiles directos o subsidiarios, e incluso meros terceros participes lucrativos-articulo 122 CP-, sin desechar a priori la responsabilidad de ampliar éste efecto a los que sean a titulo oneroso-vr. Gr. Articulo 374.3 CP.