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  • La vida diaria en un Centro penitenciario conlleva una actividad administrativa incesante cargada de condiciones, trámites, requisitos de todo tipo, plazos, etc. Si usted decide visitar una de las Prisiones repartidas a lo largo de la geografía española le llamará la atención una primera cuestión: casi todo se encuentra sometido a un procedimiento reglado, previamente establecido por la normativa penitenciaria, a costa de una molesta pero inevitable carga administrativa. De este modo se encuentran reglamentadas todas las áreas y tipo de actividades imaginables: ingreso, separación interior, medidas de seguridad, comunicaciones, traslados, procedimiento disciplinario, clasificación, permisos de salida, actividades tratamentales, libertad condicional, beneficios penitenciarios, órganos colegiados, etc. Los colectivos a los que podría ir destinada la presente obra son variados: opositores a los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias, profesionales penitenciarios, abogados y procuradores, Magistrados, Jueces y Fiscales y, con carácter preferente, a las miles de personas que se encuentran privadas de libertad en los Centros penitenciarios, carentes, en la mayoría de los casos, de información para hacer valer sus derechos.
  • Henry George (Filadelfia, 2 de septiembre de 1839- Nueva York, 1897) ha sido una de las grandes figuras del reformismo social y económico, en un largo periodo que se extiende desde la segunda mitad del siglo diecinueve hasta el primer tercio del siglo veinte. Fue un gran periodista, crítico y pensador que prestó una particular atención a las cuestiones sociales y económicas. Uno de los autores más influyentes entre el último tercio del siglo XIX y el primer tercio del siglo XX. Su obra Progreso y Miseria fue uno de las más editadas y leídas en la literatura socio-económica de todos los tiempos. Pronto comenzaría a interesarse por la «cuestión de la tierra» (folleto Nuestra Tierra y Política de la Tierra, 1871). En la labor de periodista y difusor de su ideario reformista destaca la fundación en San Francisco del periódico Daily Evening Post (1871). Desde esa tribuna pudo incidir en la opinión pública, defendiendo la consideración como bien social de la tierra, y criticando la propiedad privada de la misma. Defendería la legislación social de protección de los trabajadores y el derecho de sindicación. Ahora bien, su reformismo no le hizo compartir los principios del socialismo, aunque en algunos aspectos fue nítidamente influido por él. Y ello pese a que sus posiciones a menudo fueron calificadas de «socialismo agrario». En todo caso, es de advertir, que sus propuestas tenían un carácter «socializante» ?que no debe confundirse con socialista? de la tierra y de ciertos servicios públicos (en este último caso adelantando una orientación del Estado social hacia la construcción de un sector público a través de cual se produce un cierto control y gobierno de la economía). Es harto significativo que en su vida política Henry George estuvo estrechamente vinculado con el partido demócrata.
  • De todos los temas que son objeto de estudio por los penalistas sin duda el más inherente al Derecho penal son los problemas que plantean los delitos contra la vida humana. Y uno de ellos es el que se viene suscitando desde hace algún tiempo en el seno de la jurisprudencia que, en un principio de forma tácita y en otras ocasiones de forma más expresa, ha introducido un nuevo criterio acerca del instante en el que comienza la protección penal de la vida humana independiente, esto es, la cualidad de persona, y cuándo por tanto pierde el feto su condición de vida dependiente para alcanzar su status de vida autónoma que le otorgue mayor protección penal a través de la aplicación de las normas relativas a los delitos de homicidio o lesiones. De ello se ocupa la primera parte de este libro, aportando el contenido y comentario de algunas de las más importantes decisiones judiciales, doctrinales y de Derecho comparado que han abierto el camino hacia esta nueva protección penal del neonato. Pero además la protección penal del neonato requería abordar otros temas de estrecha vinculación con el anterior, como es el aborto, en concreto el conflicto entre la vida del neonato en el momento en que éste podría alcanzar su cualidad de persona, y la vida de la madre (indicación terapéutica), y otros problemas que pueden plantear algunos extremos de la actual regulación de la indicación eugenésica y su posible extensión hacia una denominada «indicación infantil en el aborto», esto es, la ampliación de la indicación eugenésica hasta instantes previos al inicio del nacimiento.
  • Esta obra la edita Editorial Comares S.l.. En 3000 esta editorial comenzó su andadura y actualmente se encuentra en Granada. Tiene más de tres mil doscientos treinta títulos en catálogo. Literatura, Antropología, Ensayo, Ciencia, Divulgación Científica... son las especialidades de Editorial Comares S.l.. El catálogo de dicha editorial cuenta con las siguientes colecciones: Biblioteca Comares De Derecho Y Ciencias De La Vida, Temas Básicos De Derecho Administrativo, Colección Estudios Ingleses, Persona, Estudios De Lengua Inglesa entre otros. Ramón Herrera Bravo, Fernando Valverde, José Luís Manzanares Samaniego, Carlos Romeo Casabona, Francisco David Adame Martínez entre otros son algunos de los autores que han publicado en Editorial Comares S.l..
  • Dentro del Derecho de obligaciones, se ha atribuido tradicionalmente una enorme importancia al Derecho general de las obligaciones y, específicamente, al Derecho de los contratos. En cambio, se ha prestado sólo una atención marginal al Derecho de las obligaciones extracontractuales. De ello es expresivo el dato legislativo: son verdaderamente escasos los artículos que el Código Civil consagra a la responsabilidad reparadora de los daños. La parquedad de regulación plasmaba una situación social que hoy, con perspectiva histórica y a la vista de los rigores nocivos surgidos desde la primera revolución industrial (desarrollados desde entonces en progresión creciente), se contempla casi como bucólica, al ser la propia de una sociedad fundamentalmente rural y agraria, en la que, marginadas las actuaciones dañosas estrictamente delictivas, era de pequeña entidad la conflictividad dañosa de signo accidental. Por ello no es de extrañar que la responsabilidad civil quedara al margen, no sólo de la actividad legislativa, sino también de las tareas docentes e investigadoras desenvueltas fundamentalmente en la Universidad. Dedicado al Derecho de obligaciones un curso anual en los planes tradicionales de estudios, en él se abordaban las obligaciones en general, los contratos en general y los contratos (típicos) en particular, incluyéndose al final unas referencias muy sumarias a las obligaciones extra¬contractuales. Se trataba, además, de una materia a la que los profesores no llegaban casi nunca en el desarrollo docente del programa. Giacomo Venezian decía en este sentido en 1919 que la teoría del resarcimiento del daño extra¬con¬tractual se encontraba confinada en un «ángulo» de la teoría de las obligaciones. En lo que atinente a la investigación, el análisis científico de las reglas que integran el Derecho de la responsabilidad civil por daños extracontractuales se ha efectuado históricamente de forma superficial, descriptiva, inconexa y puramente residual, como una coda del Derecho de obligaciones, encarada incluso con cierta desgana. Durante mucho tiempo, la academia consideró la responsabilidad civil como materia de índole menor; y aún más cuando se trataba de la responsabilidad civil regulada en Leyes especiales.
  • La responsabilidad de los proveedores de información en la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico. La responsabilidad de los proveedores de información en Internet. La información como producto. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas por difusión de contenidos propios en Internet. Responsabilidad administrativa sancionadora. Cuestiones de Derecho internacional privado.
  • El trabajo del Profesor Linares Noci es un estudio, meticuloso y pormenorizado, de un problema jurídico, de solución especialmente compleja, que se presenta cuando, acreedor salarial y acreedor hipotecario, ante la falta de cumplimiento de su deudor común, pretenden la realización de un mismo bien del patrimonio de aquél para, con las resultas de tal ejecución, satisfacer su derecho de crédito anteponiéndose a la pretensión de cobro del otro acreedor concurrente. Situación de conflicto, por el orden de preferencia que ha de satisfacerse uno y otro crédito, que se presenta como consecuencia de la interposición de una tercería de mejor derecho planteada, por uno u otro acreedor, en la ejecución singular instada por alguno de ellos.
  • Una tecnopatía podría definirse como aquella afección que está estrictamente ligada a la profesión u oficio del trabajador, es decir, directamente relacionada con el elemento esencial del trabajo capaz de generar el daño. Existen numerosas actividades capaces de ocasionar una patología concreta y asociada a un sector industrial, lo que sin duda permite en muchas de ellas establecer el nexo de causalidad. Dicho nexo puede llegar a ser fundamental en el ámbito jurídico como por ejemplo en el establecimiento de una enfermedad profesional; este sería, el caso de las neumoconiosis y el sector de la minería, o lo que se constató en el sector de la aerografía textil y el Síndrome Ardystil. En el presente capítulo se han seleccionado diversos sectores productivos capaces de generar una patología más o menos concreta, haciendo hincapié, en la mayor parte de los casos, en aspectos de relevancia o repercusión en Toxicología Industrial, como son los riesgos químicos derivados de la exposición a contaminantes industriales que en el medio industrial cobran una notable importancia, sin perjuicio del tratamiento de los principales riesgos físicos, ergonómicos, psicosociales, o incluso aquellos aspectos relacionados con la seguridad. Aunque podrían haberse considerado algunos otros sectores productivos, se ha optado por incluir aquellos más relevantes y que conllevan una mayor tasa de siniestralidad o patología capaz de provocar absentismo.
  • La presente obra, aunque constituye un todo orgánico, tiene dos partes claramente diferenciadas: la primera parte es la teoría general de la sucesión y la segunda se subdivide a su vez en dos materias: la sucesión legítima, o sea aquella que se produce cuando no existe testamento, y la sucesión contractual dedicada a los pactos sucesorios. Todo ello se estudia no sólo bajo la óptica del Código Civil, sino también de las distintas legislaciones específicas #llamémoslas o no forales# que existen dentro de nuestro país; y que tan ricas son en algunas materias como éste, precisamente, de la sucesión paccionada, que el Código Civil la había ignorado totalmente (por lo menos hasta la reciente reforma del artículo 831) . Todas estas materias están claramente relacionadas no sólo por regular el hecho sucesorio, sino, también de manera negativa por no aludir a la sucesión testamentaria y dejar aparte la sucesión forzosa o legitimaria, hasta el punto de que incluso determinadas materias, como el derecho de representación, han sido encuadradas en uno u otro ámbito según los diversos autores que los han estudiado, y que han seguido un criterio racional o legal (atendiendo a la ubicación dada por el Código Civil). He tratado de actualizar a fecha de hoy #marzo 2007# la normativa y jurisprudencia existente sobre las diversas materias.
  • Este texto está editado por Editorial Comares S.l.. Fue fundada en 3000 y actualmente se encuentra en Andalucía. Su catálogo tiene más de 3200 publicaciones. Dicha editorial está especializada en Pedagogía, Literatura, Divulgación Científica, Psicología, Económicas entre otras. El fondo editorial de Editorial Comares S.l. se distribuye en colecciones como Crítica Del Derecho. Sección Derecho Vivo, Legislación Administrativa De Andalucía, Estudios De Derecho Privado, Filosofía Hoy, Análisis Y Crítica Social... Los libros que conforman el catálogo de la editorial vienen de la mano de autores tan conocidos como Francisco David Adame Martínez, Antonio Agúndez Fernández, Carlos Almira Picazo, Fernando Aguirre, Ramón Herrera Bravo...
  • Defensa de la legalidad de la Asociación Internacional de trabajadores Mensaje de los obreros al Jefe de la Unión Republicana Al ocupar por primera vez el sillón presidencial Discurso después del golpe de estado de 3 enero de 1874El conflicto de Melilla La crisis del miedo Los republicanos y la iglesia Discusión del mensaje de la Corona Justificación de la campaña de obstrucción parlamentaria Declaraciones de Nicolás Salmerón tras las elecciones del 26 de abril de 1903Mensaje de los obreros al Jefe de la Unión Republicana El presupuesto del Ministerio de la Guerra Interpelación del señor Nocedal Contra el nombramiento del Padre Nozaleda Legalidad de los partidos políticos Contra la suspensión de garantías constitucionales en la provincia de Barcelona Interpelación del señor Junoy Represión de los delitos contra la Patria y el Ejército Contestación al discurso de la Corona
  • El presente estudio ofrece una síntesis entre la Teoría Funcionalista de la Traslación y los Estudios de Comunicación Intercultural. Cabe resaltar, no obstante, que son las aproximaciones traductológicas funcionalistas las que nos sirven de base para nuestra reflexión, es decir, la incorporación interdisciplinar de las teorías sociales e (inter)culturales se rige por nuestro interés prioritario, que es la traslación. Aunque la traslatología, como «interdisciplina» (Snell-Hornby [1988]1995 passim), recurre a otras áreas académicas, su carácter de disciplina autónoma requiere, a nuestro entender, que parta de conceptos propios, es decir, específicamente traductológicos, conceptos que, a su vez, definen el objeto de estudio y los intereses específicos de su área. De modo que los conceptos de otras disciplinas no se pueden aplicar sin más al campo de la traslación sino que requieren ser adaptados, según cada caso, a la perspectiva traslatológica (Holz-Mänttäri habla de «traslatologizar» [translatologisieren]; cf. p. ej., 1993a, 277 ; cf. Hönig 1995, 7 acerca de la autonomía de la traslatología; cf. también la discusión exhaustiva del desarrollo de la traslatología como disciplina autónoma y su relación interdisciplinar con otros ámbitos académicos en Kaindl 2004, 7-71) . Las ideas principales del enfoque que presentamos en adelante se basan en nuestro libro Die Kulturkompetenz des Translators. Begriffliche Grundlegung und Didaktisierung [La competencia cultural del traductor. Fundamentación conceptual y didactización] (Witte 2000 [22007]). Para la presente publicación hemos desarrollado en más detalle nuestra reflexión teórica anterior y ampliado la argumentación incorporando la bibliografía pertinente que ha visto la luz en estos últimos años. También se han añadido ejemplos prácticos, con el fin de facilitar el acceso a las ideas teóricas expuestas. Entendemos este estudio como una aportación a la Teoría Funcionalista (General; cf. cap. 1.3) de la Traslación, en el sentido de que los postulados acerca de la «competencia cultural del traductor» formulados en dicha teoría, aquí se ven precisados y concretados a través de la definición detallada de este concepto.
  • La versión que se presenta al lector es la debida a la traducción de Juan Antonio de las Casas que se editó -tras superar múltiples problemas de los que da cumplida nota Torío- en Madrid, por la imprenta de Joaquín Ibarra, en 1774; edición ésta que posteriormente ha sido objeto de múltiples reediciones, siendo la última la realizada por el Ministerio de Justicia en 1993.
  • La intención de este trabajo es iluminar, siquiera de manera tenue, el problema de la ausencia en Derecho romano. Más allá de pretender una visión omnicomprensiva de la cuestión, hemos optado por analizar la que hoy es una figura jurídica con fronteras muy determinadas desde una perspectiva histórico-jurídica. Concretamente, teniendo presente la concepción moderna de la ausencia ?en sentido amplio? centraremos nuestra atención en una institución de profundas raíces en el mundo antiguo como es el postliminium, que recibe en Roma su propia configuración y un notable desarrollo técnico proveniente de la labor de la Jurisprudencia clásica. Se trata pues, de un acercamiento en perspectiva histórica a una problemática, la de la ausencia, a menudo desdibujada en las fuentes y la doctrina. Como es sabido, lo que hoy es un tópico definido en el Derecho moderno de inspiración romana no presenta en las fuentes romanas ese mismo tratamiento, a diferencia de lo que tiene lugar en otros muchos casos. De ahí que, como veremos, no se hayan realizado análisis doctrinales del problema lo suficientemente esclarecedores desde un punto de vista global. La obra se estructura en tres capítulos y una coda, precedidos de una premisa general en la que se plantea el problema a tratar y el enfoque metodológico del estudio. En si cada uno de los capítulos subsiguientes se abordan distintos aspectos del postliminium desde el prisma de la ausencia, la cual, podemos anticipar, se entiende en un sentido técnico cercano a la concepción moderna que no resulta sin embargo del todo ajeno a las fuentes romanas. De esta manera en el primer capitulo, se analiza la relación entre ausencia y cautividad de guerra, así como el posible origen del postlimzn¡um y su configuración básica. En el segundo, se someten a exa men los medios jurídicos que se orientan a la gestión y con servación del patrimonio del cautivo con ius postliminii míen tras está en poder de los enemigos. Finalmente, en el tercero de los capítulos que integran este trabajo se analiza el pro blema del llamado postliminium in pace, desde un plantea miento doctrinal que discute la clasicidad de dicha modalidad, lo cual tiene notable interés desde la perspectiva de la ausencia.
  • El trabajo realizado por el Dr. Francisco Javier Pastor Vita, dedicado a la venta de empresa y en general a la venta alzada o en globo de conjuntos de bienes o derechos. Si hay algo que caracterizó en su momento el punto de arranque de este trabajo de investigación, cuando se le propuso al autor como tema de Tesis Doctoral, fue precisamente la preocupación por los problemas reales, y no por las puras disquisiciones teóricas. Pocos temas de Derecho Civil, a caballo entre éste y el Derecho Mercantil, pueden ser catalogados como eminentemente prácticos como éste de las ventas o cesiones de empresas, de participaciones sociales, o de conjuntos patrimoniales más o menos delimitados. Curiosamente, pocos temas como éste han estado tan huérfanos de análisis jurídicos detallados.Con este punto de partida, debo reconocer que el autor de esta obra ha seguido a rajatabla la consigna inicial y toda su obra se estructura precisamente en bloques cuyo único fin es intentar dar respuesta a las cuestiones reales que este tipo de compraventas o cesiones plantean a quienes pretenden llevarlas a cabo.
  • Problemas que pueden presentarse en la determinación y entendimiento de algunas cláusulas testamentarias concretas. Criterios generales sobre interpretación de los testamentos
  • Animal lovers can't help but be fascinated by aardvarks, even if they think it's a little gross that these large animals use their long tongues to slurp up ants and termites. This bilingual book is full of enchanting photographs and interesting facts about these unusual-looking, but very interesting, animals.
  • In this informative bilingual book, readers will learn about Abraham Lincoln's life, from his childhood in a log cabin in Illinois to his presidency during the Civil War to his tragic assassination at Ford's Theater. A timeline gives readers a reference point for facts about "Honest Abe." The uncomplicated English to Spanish translation imparts essential biographical data with lessons on perseverance and leadership.
  • African buffalo are large and fierce, and they can be very dangerous. This book presents interesting facts in both English and standard Latin-American Spanish about the life and habits of this formidable animal. Readers will be captivated by the book's great photographs, too.
  • Carefully translated and adapted for bilingual readers, the simple language, picture glossaries, and full-color photographs in this book make it fun and easy to learn about baby alligators.
  • Introduces ambulances, the people who work in them, and the work that they do helping sick and injured people.
  • An introduction to anacondas describes their physical characteristics, life cycle, habitat, and predatory behavior.
  • This book introduces bilingual readers to Africa's graceful, sure-footed antelope. From delicate gazelles to large, powerful elands, this nature study discusses the lives and habits of these speedy herbivores. The book includes informative text in both English and standard Latin-American Spanish.
  • Carefully translated and adapted for bilingual readers, the simple language, picture glossaries, and full-color photographs in this book make it fun and easy to learn about baby elephants.
  • Introduces the banded sea snake, also known as the sea krait, and describes its habitat, appearance, and habits.
  • Many beagles and other scent-driven canines have been used successfully to sniff out bombs, drugs, and lost people, too. Today they are even used to help the many people who have had to fight the rising problem of bedbug infestation. Age-appropriate bilingual text explores the life, training, and work of these bedbug-sniffing dogs.
  • Introduces the life of the prolific inventor who was also one of the United States' Founding Fathers.
  • Amazing mountain animals fill the pages of this exciting bilingual series. Redesigned with new features, each book invites readers to discover the world of creatures that make their home in high places. Young learners will read about each animal’s unique physical characteristics, behavior, and adaptations to their environment. Through fascinating facts and brilliant photographs, these books paint a vibrant picture of the incredible array of animal life in the mountains.
  • Introduces the black mamba and describes the physical characteristics, life cycle, habitat, and predatory behavior.

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