La aparición de la Universidad privada como institución, configurada jurídicamente con la sustantividad propia con la que hoy la concebimos y conocemos en España (que la distingue claramente de los centros adscritos de titularidad privada ya anteriormente establecidos), constituye una realidad todavía reciente, producto -y ni siquiera inmediato- del ordenamiento constitucional vigente; en particular, del reconocimiento de la libertad de creación de centros docentes en el artículo 27.6 de la Constitución.
LAS UNIVERSIDADES PRIVADAS. SU ADAPTACION A LA LEY ORGANICA DE UNIVERSIDADES
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Descripción
ESCUDER CABREJAS, RAMON
Información adicional
| Peso | 0.500 kg |
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