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Derechos Humanos Y Filosofía Del Derecho

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  • La presencia de criterios materiales de validez en el sistema jurídico y el significado de esta presencia son cuestiones esencialmente controvertidas en el ámbito de la Teoría del Derecho. A partir de la concepción sistemática de lo jurídico planteada por Kelsen es común definir el Derecho como un sistema de tipo dinámico y afirmar que tal carácter dinámico implica que la validez de las normas jurídicas esta en función de criterios exclusivamente formales. Frente a esta visión el presente libro pretende demostrar que los contenidos materiales de las normas necesariamente adquieren relevancia en la determinación y en la justificación de la validez jurídica, examinado la compatibilidad de esta importancia, y de sus implicaciones, con la tesis de la separación conceptual entre el Derecho y la moral, como rasgo central del positivismo jurídico. La concepción del orden jurídico como un sistema normativo mixto en el que el ejercicio valido del poder esta sometido al cumplimiento de exigencias relacionales tanto formales, o dinámicas, como materiales, o estáticas, contribuye la mejor explicación del modo en el que se contempla y opera socialmente el Derecho. Esta obra tiene su origen en la investigación del mismo título que obtuvo en noviembre de 2007 el Premio Internazionale Norerto Bobbio de la Fundación Rosselli a la mejor Tesis de Doctorado de 2006 en el ámbito de las Ciencias jurídicas.
  • La Ley Desmedida trata de dar cuenta de la desbocada realidad legislativa y de cuanto de conflicto supone imponer un modelo constitucional normativo plagado de contenidos materiales quizá poco respetuosos del sistema de fuentes positivas del Derecho, de la separación entre el Derecho y la moral, de las garantías judiciales y de la seguridad jurídica. Pero lo hace con la perspectiva crítico-constructiva de impulsar la mejora del Derecho en el horizonte claro de la rehabilitación de una teoría y una técnica legislativas que reemprendan el camino abandonado por el iuspositivismo formal aunque sin abandonar la evidencia de la positividad y conformándose a las condiciones y exigencias que caracterizan a la sociedad múltiple, compleja y reclamante que campa por la realidad actual.
  • ¿Por qué volver a escribir, por qué volver a leer, sobre el derecho a la salud? ¿Por qué hacerlo, además, en torno a su justificación filosófico-normativa? ¿Tiene acaso ello que ver con lo principal, es decir, con su respeto efectivo en unos casos o su violación flagrante en otros? En realidad, las discusiones sobre el derecho a la salud están más abiertas que nunca. Se sigue discutiendo cuál ha de ser el peso del sector público o privado; no parece haber criterios asentados sobre qué prestaciones debe incluir un derecho a la salud; se duda sobre si es posible afirmar un derecho a la salud sin caer en la trampa de su voracidad infinita; se plantea hasta qué punto la garantía del derecho a la salud se puede buscar en los tribunales; se cuestiona si las personas con hábitos o estilos de vida poco saludables merecen determinadas prestaciones. Se plantea si es posible, en términos más abstractos, determinar en qué consiste la salud: cuál es su relación con la enfermedad, hasta qué punto es una construcción histórica y social, y quizá, además, una construcción arbitraria. Se debate, en definitiva, si la salud es un bien especialmente importante –acaso el más importante- o si por el contrario es un bien entre otros, quizá una mera preferencia. Pero más primordiales que estas preguntas son algunas otras que ni siquiera se suelen plantear. ¿Por qué la discusión sobre el derecho a la salud se acaba convirtiendo en una discusión sobre el derecho a la asistencia sanitaria? ¿Por qué, a pesar de la evidencia abrumadora, no se toman en consideración las relaciones entre el derecho a la salud y otros derechos relativos a las condiciones de vida de las personas? ¿Por qué los condicionantes sociales de la salud merecen un tratamiento tan marginal? Todos estos temas aparecen de una u otra manera a lo largo de unas páginas que invitan a repensar el derecho a la salud.

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