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Derecho Procesal Penal

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  • El presente libro pretende ser un complemento a la anterior obra titulada “Introducción al derecho proceso penal (especialmente dirigido a Criminólogos y Policía Judicial)”, en la que se estudian los conceptos básicos de esta materia. Con ese mismo objetivo se pública el presente trabajo basado en la práctica procedimental desde el punto de vista de la de las actuaciones que debe llevar a cabo la Policía Judicial. Su contenido se divide en lecciones para su mejor estudio, empezando con un estudio de la naturaleza, composición y funciones de la Policía Judicial en España y de su principal herramienta, el atestado, sin olvidar otras formas de iniciación del procedimiento penal como son, entre otras, la denuncia y la querella. Igualmente, se aborda el estudio de temas tan importantes como son la protección de las víctimas, testigos o peritos, medios de investigación y prueba, entre los que se pueden destacar: La intervención telefónica, la entrada y registro, la inspección ocular, el agente encubierto y la entrega vigilada; además se realiza un análisis de la violencia doméstica y la de género, la detención y, por último, unas nociones básicas de “Derecho Procesal Militar”, debido a que algunos de los componentes de la Policía Judicial tienen disciplina militar, como es el caso del Cuerpo de la Guardia Civil. En resumen, esta obra intenta ser una herramienta de consulta, principalmente, para los miembros de la Policía Judicial en su actuación en y para el proceso penal, de tal forma que resulte de utilidad en aras de conseguir diligencias policiales de calidad.
  • El Libro que presento, «Hacia un verdadero espacio judicial europeo: Perspectivas para la construcción de un proceso penal europeo e instrumentos de colaboración policial y judicial en la Unión Europea», constituye una de las aportaciones realizadas dentro del Proyecto de Investigación (SEJ 2007-64940/JURI), financiado por el Ministerio de Educación, titulado: «Hacia un proceso penal europeo para el enjuiciamiento de los delitos graves transfronterizos desde una perspectiva constitucional, penal y procesal», en el que tengo el honor de ser la investigadora principal. La entrada de España en la actual Unión Europea en 1986 ?dando paso a la Europa de los doce? en una Comunidad básicamente económica, presentaba un número de ventajas superior a los inconvenientes, lo cual sería cierto si sólo atendemos a los más de ciento dieciocho mil millones de euros recibidos de las arcas comunitarias que, salvo alguna devolución por irregularidades detectadas en los controles, se han gestionado y ejecutado eficazmente. La globalización, que anticipara Víctor Hugo en el Congreso de París en 1849, a la que alude el Prof. Monteiro, a nivel de la Unión Europea se ha ido haciendo realidad; para España, como he dicho, en 1986 con su entrada en la misma, para otros estados europeos con su incorporación posterior, la última incorporación, de momento, se ha producido en enero de 2007 con la entrada de dos nuevos miembros, que se suman a los ocho que ingresaron en el 2004, siendo candidatos en la actualidad otros tres Estados cuya incorporación podría producirse en el año 2011. La Unión Europea suponía y supone la aplicación de principios estructurales como la libre circulación de mercancías, de capitales, de personas y de establecimiento y prestación de servicios, una Europa unida en la que también «se facilitaba» la libre circulación de delincuentes y la aparición de nuevos grupos organizados interterritorialmente que llevaron a un incremento de la delincuencia organizada transfronteriza y de la comisión de delitos especialmente graves. Si la globalización de la delincuencia se producía y produce como consecuencia de la supresión de fronteras terrestres, lógico será dar también una respuesta globalizada tanto a la prevención como a la persecución y al enjuiciamiento de esos delitos transfronterizos graves.
  • En esta obra, bajo el título de La defensa del imputado en los juicios penales rápidos, su autora destaca las principales características de este modelo de enjuiciamiento penal, teniendo siempre presente la tensión que genera el binomio garantías procesales (que se enmarcan bajo el derecho de defensa), y el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas que, como antes se dijo, parece centrar el discurso del legislador en relación con la eficacia de nuestro proceso penal. Y lo hace, además, prestando especial atención a la fase de investigación de los juicios rápidos, que es donde se producen los grandes cambios en la instrucción de este proceso penal especial.
  • La ley penal del menor y el reglamento para su aplicación. Comentarios, concordancias y jurisprudencia.
  • La presente monografía tiene como objetivo abordar de una manera global la cuestión de las medidas de seguridad y reinserción social de naturaleza penal. Dedica una especial consideración a las consecuencias jurídico-penales aplicables a sujetos inimputables o semiimputables en virtud de la concurrencia de un supuesto de anomalía o alteración psíquica previstas en el art. 20.1 o en el art. 21.1 en relación con el art. 20.1, ambos del Código Penal vigente...
  • La vida diaria en un Centro penitenciario conlleva una actividad administrativa incesante cargada de condiciones, trámites, requisitos de todo tipo, plazos, etc. Si usted decide visitar una de las Prisiones repartidas a lo largo de la geografía española le llamará la atención una primera cuestión: casi todo se encuentra sometido a un procedimiento reglado, previamente establecido por la normativa penitenciaria, a costa de una molesta pero inevitable carga administrativa. De este modo se encuentran reglamentadas todas las áreas y tipo de actividades imaginables: ingreso, separación interior, medidas de seguridad, comunicaciones, traslados, procedimiento disciplinario, clasificación, permisos de salida, actividades tratamentales, libertad condicional, beneficios penitenciarios, órganos colegiados, etc. Los colectivos a los que podría ir destinada la presente obra son variados: opositores a los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias, profesionales penitenciarios, abogados y procuradores, Magistrados, Jueces y Fiscales y, con carácter preferente, a las miles de personas que se encuentran privadas de libertad en los Centros penitenciarios, carentes, en la mayoría de los casos, de información para hacer valer sus derechos.

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